
Las pensiones de jubilación se caracterizan por su naturaleza contributiva, es decir, porque obligan a sus beneficiarios a acreditar determinados periodos de cotización a la Seguridad Social (las contribuciones) que no solo dan el derecho al cobro de la misma, sino que además también determinan su importe.
El artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) recoge la cotización obligatoria para percibir una pensión de jubilación: "Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho".
Por lo tanto, son dos requisitos de cotización los que hay que cumplir: uno específico y otro general. Los dos son obligatorios, no sirve si se cumple uno y el otro no. Por eso, los periodos en los que no se cotiza con tan perjudiciales para los trabajadores.
¿Qué pasa cuando una persona no ha podido, por ejemplo, cotizar los dos años en los 15 últimos teniendo cumplidos los 15 años cotizados a nivel general? En algunos casos puede salir a su rescate lo que la jurisprudencia ha denominado como 'doctrina del paréntesis'.
Qué es la 'doctrina del paréntesis'
Como su nombre indica, la 'doctrina del paréntesis' implica poner en un paréntesis esos periodos sin cotizar para que, de esa forma, el trabajador se considere a ojos de la Seguridad Social apto para cobrar una pensión de jubilación. La premisa fundamental es que se pueda demostrar que los periodos sin cotizar se produjeron a pesar de la voluntad del trabajador de conseguir las cotizaciones.
La 'doctrina del paréntesis' se pone en marcha cuando una sentencia así lo estipula. Por lo tanto, depende de la decisión de un juez que estudia un caso en el que, por ausencia de cotizaciones, se haya denegado la pensión a un trabajador que decide recurrir la decisión de la Seguridad Social.
Existen, no obstante, algunos casos en los que la 'doctrina del paréntesis' tiene una mayor aplicación:
-Personas paradas de larga duración.
-Personas que han cumplido penas de prisión en las que no se les ha dado la oportunidad de cotizar.
-Personas que han cobrado pensiones no contributivas de invalidez.
-Personas cuya salud no les ha permitido seguir dadas de alta en la Seguridad Social por no ejecutar los trámites.
Así se aplica la 'doctrina del paréntesis'
Lo mejor que se puede hacer para saber cómo se aplica la 'doctrina del paréntesis' es consultar una de las sentencias en las que se recoge. Una del Tribunal Supremo, redactada en 2018, es muy significativa. Tal y como se puede comprobar en este enlace del Consejo General del Poder Judicial, versa sobre una persona con 27 años cotizados que no alcanzó la cotización específica al cumplir una pena de cárcel.
En el texto de la sentencia, el Tribunal Supremo considera "neutro a efectos de aplicación de la teoría del paréntesis" el tiempo que la trabajadora estuvo en la cárcel, ya que por causas ajenas a esa persona no tuvo "la posibilidad de trabajar en el centro o centros en los que cumplió la condena".