
El sistema de pensiones es español es dinámico: no tiene una imagen fija, sino que va cambiando año tras año. Esto se debe a que las últimas reformas que han afectado a las pensiones han modificado diferentes aspectos de la jubilación como, por ejemplo, la edad de jubilación ordinaria. O lo que es lo mismo: la edad a partir de la cual una persona puede jubilarse.
La edad de jubilación ordinaria se vio modificada por la reforma de las pensiones de 2011 en un contexto de crisis económica y de recortes tras el rescate bancario. Antes de la reforma la edad de jubilación era de 65 años para todos los trabajadores, pero desde su puesta en marcha se comenzó a aumentar esa edad de jubilación...aunque no para todos.
Se hizo de la siguiente forma: desde 2013 y hasta 2027 la edad de jubilación se incrementa en unos meses para las personas que no lleguen a un nivel cotizado que, a su vez, también sube año tras año. El objetivo es que al final de ese calendario progresivo la edad de jubilación de los empleados que no lleguen a 38 años y seis meses sea de 67 años.
Cuál es la edad de jubilación ordinaria en España
En 2023, como en el resto de años desde 2013 y como sucederá hasta 2027, ha subido la edad ordinaria de jubilación. Tal y como puede observarse en la Ley 27/2011, de 1 de agosto (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado), las edades de jubilación actuales son las siguientes:
-De 65 años para los trabajadores con 37 años y nueve meses cotizados.
-De 66 años y cuatro meses para los trabajadores con menos de 37 años y nueve meses.
Es por esta razón que, por lo menos en 2023, habrá trabajadores obligados a esperarse a esos 66 años y cuatro meses para jubilarse. Y no solo por no llegar a los 37 años y nueve meses de cotización que marca la ley para poder jubilarse a los 65 años.
La cotización marca la edad de jubilación, pero también las opciones de los trabajadores para, si lo desean, acogerse a alguna modalidad de jubilación anticipada. Son dos las opciones principales: la voluntaria (que depende exclusivamente de la voluntad del trabajador y permite adelantos de dos años) y la involuntaria (que deriva de un cese no voluntario en el trabajo y que contempla adelantos de cuatro años).
Sin embargo, estas dos modalidades tienen un requisito de cotización que, si no se cumple, deja al trabajador sin opciones para adelantar su jubilación: en la modalidad voluntaria necesita 35 años cotizados y en la modalidad involuntaria necesita 33 años cotizados. En los dos casos, además, hay que acreditar que al menos dos de esos años se cotizaron en los 15 previos a la solicitud de jubilación.
Qué trabajadores se jubilan obligatoriamente a partir de los 66 años
Por lo tanto, los trabajadores que no lleguen a esos 33 o 35 años cotizados en función de la modalidad de jubilación anticipada que les aplique serán los que tendrán que esperarse a los 66 años y cuatro meses para jubilarse. La razón es simple: con ese nivel de cotizaciones no podrán jubilarse de forma ordinaria a los 65 años y tampoco podrán anticipar su jubilación, por lo que la única vía que les queda es la de esperar hasta los 66 años y cuatro meses.
Al tratarse de un calendario progresiva que avanza año tras año, cada ejercicio, y así hasta 2027, las exigencias serán mayores: de no acumular las cotizaciones que marca la ley para tener acceso a la jubilación anticipada los trabajadores tendrán que jubilarse a los 66 años y seis meses en 2024, a los 66 años y ocho meses en 2025, a los 66 años y 10 meses en 2026 y a los 67 años en 2027.