
Si hay un subsidio por desempleo destacado y conocido por casi todos los trabajadores es el que se destina a las personas mayores de 52 años. Es el que más ventajas ofrece porque se paga a personas que tienen el problema añadido de que, a su desempleo, se le une la dificultad por edad de volver al mercado laboral.
Que el subsidio para mayores de 52 años tenga más ventajas que otros parecidos no significa que no haya que cumplir una serie de requisitos para poder cobrar el mismo y tener derecho a mantenerlo con el paso del tiempo. Sobre uno de ellos se ha pronunciado el SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal.
En su perfil de la red social Twitter, el organismo ha advertido de la necesidad de cumplir con ese requisito. En concreto, el SEPE explica que "si estás percibiendo el subsidio para mayores de 52 años, debes presentar cada año una declaración de tus rentas".
Este requisito se debe acreditar de forma anual, razón por la cual se denomina a esa declaración como declaración anual de rentas. El objetivo de la misma es justificar que el beneficiario del subsidio para mayores de 52 años acredita el requisito de rentas al que le obliga la ley: sus ingresos no pueden ser superiores al 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Existen diferentes formas igualmente válidas para presentar en el SEPE la declaración anual de rentas y seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años. En todo caso, según informa la institución en su página web, el ciudadano tiene 15 días hábiles para hacerlo a partir de que "transcurran 12 nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran 12 nuevos meses desde la última reanudación".
Cómo presentar la declaración de rentas del subsidio para mayores de 52 años
Los beneficiarios que hayan respetado todos los meses previos el requisito de rentas (es decir, que no superasen el 75% del SMI) podrán hacerlo de forma online en la Sede Electrónica del SEPE, en el servicio 'Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años', disponible en este enlace.
Para ello, sin embargo, será necesario contar con un certificado digital (puede conseguir uno en cuatro sencillos pasos), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o DNI electrónico.
En el caso de haber incumplido algún mes el requisito de rentas o de, en su defecto, no tener los métodos de acceso anteriores el ciudadano tiene la opción de entregar la declaración anual de rentas en una oficina del SEPE, aunque para ello es necesario pedir cita previa.
El SEPE da dos alternativas para pedir cita previa, detalladas en esta guía con todos los pasos:
-Online, a través de la Sede Electrónica del SEPE en el servicio 'Cita previa' de este enlace.
-Llamando al número de teléfono 91 926 79 70, que da servicio las 24 horas del día.