
Las trabajadoras del sistema especial de empleo de hogar han visto mejoradas sus condiciones en los últimos meses después de la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo y su plasmación en una ley para aprobar sus cotizaciones por desempleo (y el cobro de prestaciones), además de otros derechos.
Pero, además, estas trabajadores también se han visto afectadas positivamente por una medida que tradicionalmente les beneficia: el aumento del Salario Mínimo Interprofesional, que se aprobó en febrero pero con efectos retroactivos desde el 1 de enero y ha pasado de 1.000 a 1.080 euros brutos mensuales.
La subida del Salario Mínimo Profesional mejora la vida de personas que tienen un sueldo correspondiente al SMI o muy cercano al mismo, dado que conlleva de forma automática un pequeño aumento de sueldo. Pero tiene una ventaja adicional: el incremento de su cotización, lo que tendrá efectos beneficiosos en la cuantía de sus futuras prestaciones de la Seguridad Social.
La propia Seguridad Social ha explicado en su perfil de información de la red social Twitter de que ya se han publicado las nuevas bases de cotización resultantes tras el incremento del SMI. Estas nuevas bases aparecen en la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado.
Estas son las nuevas bases de cotización de las empleadas de hogar
Dentro de la orden se recogen cuáles serán las nuevas bases de cotización para las empleadas de hogar, que dependen de la remuneración mensual. En función de la remuneración que reciban, tendrán una base de cotización concreta. Existen ocho tramos que se han modificado con la orden y que son los siguientes:
-Para ingresos de hasta 291 euros mensuales la base de cotización es de 270 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 291,01 y 451 euros mensuales la base de cotización es de 386 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 451,01 y 613 euros mensuales la base de cotización es de 532 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 613,01 y 775 euros mensuales la base de cotización es de 694 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 775,01 y 939 euros mensuales la base de cotización es de 858 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 939,01 y 1.098 euros mensuales la base de cotización es de 1.018 euros mensuales.
-Para ingresos de entre 1.098,01 y 1.260 euros mensuales la base de cotización es de 1.260 euros mensuales.
-Para ingresos a partir de 1.260,01 euros la base de cotización es la remuneración mensual.
Estas son las cuotas de las empleadas de hogar
Sobre estas bases de cotización tendrán que realizarse las cotizaciones, es decir, el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Con la introducción de las nuevas cotizaciones en octubre de 2022 y el aumento de las cotizaciones por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) desde 2023 quedan de la siguiente forma:
-Un 4,8% de la base de cotización por contingencias comunes (un 24,1% para el empleador).
-Un 1,05% de la base de cotización por desempleo (un 5% para el empleador).
-Un 1,5% de la base de cotización por contingencias profesionales que paga de forma íntegra el empleador.
-Un 0,2% de la base de cotización por FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) que paga de forma íntegra el empleador.