Economía

Los perceptores del IMV pueden aumentar su renta un 70% si encuentran trabajo

  • Ya hay 100.000 hogares con IVM que tienen ingresos por trabajo
  • La Seguridad Social calcula que la medida no tendrá coste presupuestario
  • El incentivo solo se aplica si se incrementan cada año los ingresos
José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social.

El Consejo de Ministros ha aprobado un incentivo para que los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) busquen empleo con el fin de mejorar sus ingresos finales. El modelo, a grandes rasgos, permitirá que aumenten hasta un 70% la renta que obtienen por el IMV si consiguen trabajo. A tal fin, la Seguridad Social permitirá que los emolumentos que obtengan se sumen a la prestación del IMV que reciben sin merma, aunque con limitaciones. Se mejora, así, el actual sistema para compatibilizar el IMV con un empleo.

Fuentes de la Seguridad Social señalan que el nuevo modelo del incentivo del empleo tendrá un coste cero para sus presupuestos. Al contrario, dado que, por un lado, reducirá la prestación por el IMV al compensar una parte de los ingresos obtenidos con el trabajo y, por otro, el Estado obtendrá una mayor recaudación por cotizaciones sociales y en la Renta, se producirá un efecto positivo en las arcas públicas.

En el peor de los casos, estas fuentes señalan que por cada euro que se destine a este incentivo se recaudará un euro y en el mejor se podría llegar a 3,5 euros.

Renta garantizada

Actualmente el IMV garantiza una renta mínima que difiere en función del número de adultos y de niños de cada hogar; en concreto, se establecen 14 tipos de unidades de convivencia con rentas garantizadas diferentes que van desde los 5.899,6 euros al año para un solo adulto, hasta un máximo de 12.979 euros para tres tipos diferentes de unidades familiares. Todas ellas pueden multiplicarse por 1,7 si trabajan gracias a la aplicación del incentivo que ha aprobado el Gobierno y que la Seguridad Social calculará de oficio sin necesidad de que el perceptor lo solicite.

Pero no todos los ingresos se sumarán sin merma de la percepción que reciben por el IMV. En concreto, el límite es el 60% de la renta garantizada de cada tramo de unidad de convivencia. Es decir, en el primer tramo, con una renta garantizada de 5.899,6 euros, los primeros 3.539,8 euros (60%) que el perceptor obtenga en el mercado laboral se suman íntegramente, hasta garantizar una renta de 9.439,4 euros.

El 60% sin merma

A partir de esos 3.539,8 euros, ya sólo sumará sin merma un porcentaje que varía según la unidad de convivencia entre un máximo (si el ingreso procede de un trabajo cuando se carece de él) y un mínimo (si aumenta sus ingresos, pero ya tiene trabajo). Por lo general, la media será del 30% de esos nuevos ingresos.

Ahora bien, cuando el perceptor del IMV consiga obtener mediante el trabajo unos ingresos superiores a su renta garantizada (en el primer tramo, más de 5.899,6 euros al año) dejará de cobrar la percepción del IMV. Pero para incentivar que siga buscando trabajo, se le mantendrá el incentivo que es lo que permitirá elevar sus ingresos ese 70%. En este primer tramo, hasta 10.029 euros. A partir de unos ingresos superiores a esta cifra, es cuando el perceptor saldrá del programa del ingreso mínimo vital (IMV).

Simulador

Un mecanismo que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconoce es complicado de entender. Por este motivo, están ya haciendo pruebas con un simulador que permitirá a los perceptores del ingreso mínimo vital saber cómo quedará su renta final en función de la unidad de convivencia a la que pertenezca y los ingresos que vaya obteniendo.

El incentivo por buscar empleo se pondrá en marcha el 1 de enero del próximo año. Para tener derecho a él es necesario ser perceptor del ingreso mínimo, pues está directamente ligada a esta renta mínima. De hecho, la ley que crea el ingreso mínimo vital ya establece este incentivo, por lo que el Consejo de Ministros lo que ha hecho es desarrollar el nuevo mecanismo y poner las cifras de incremento de la renta.

100.000 hogares con empleo

Actualmente, tras dos años en vigor, hay más de medio millón de hogares que cobran el IMV con 1,4 millones de personas amparadas, el 43% menores. Fuentes del ministerio que dirige José Luis Escrivá apuntan que uno de cada cinco hogares, unos 100.000 ya tienen algún tipo de ingreso por trabajo.

Ahora bien, el incentivo sólo se activará si se producen incrementos en los ingresos de trabajo, bien porque se haya encontrado un empleo cuando no se tiene, bien porque se haya mejorado las condiciones económicas del empleo.

Para saberlo, la Agencia Tributaria suministrará cada año al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) los datos de la declaración de la Renta y revisará cuál es la situación laboral de todos los perceptores del ingreso mínimo vital. Si los ingresos por trabajo no se han incrementado respecto al año anterior, no se aplicará el incentivo; pero si ha mejorado, tendrá derecho a cobrar lo que le corresponda.

Por tanto, el incentivo del empleo no se empezará a cobrar hasta que Hacienda tenga los datos de la declaración de la Renta y el INSS los haya cotejado. En función de la revisión anual, un perceptor del IMV podrá pasar por cuatros situaciones diferentes. Se debe tener en cuenta que la cuantía de la percepción es la diferencia entre la renta garantizada según la unidad de convivencia y los ingresos (salariales o del trabajo por cuenta propio, así como otros ingresos).

El primer caso es que no haya ningún ingreso nuevo por lo que seguirá cobrando la misma cuantía del IMV durante un año más, hasta la siguiente revisión.

El segundo caso es que tenga otros ingresos por lo que, en teoría, debería restarse del IMV por lo que cobraría una cantidad inferior. Pero para evitarlo y conseguir que el perceptor aumente su renta final, se activa en incentivo.

Tercero, que siga cobrando el IMV, pero en una cuantía superior.

Cuarto, que los ingresos superen la renta garantizada, en cuyo caso de deja de percibir el IMV; pero igualmente, para que la renta se incremente se activa el incentivo hasta llegar al 70% de la renta garantizada que le corresponda. En cuyo caso, saldrá del programa del IMV.

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