Economía

Esta es la razón por la que podrías cobrar el Ingreso Mínimo Vital (aunque creas que no)

  • Aún queda más de un millón de personas por cobrar la prestación
  • Cobrar un trabajo o una pensión no tiene por qué ser un impedimento
  • Hay que consultar el nivel de ingresos de la unidad de convivencia
Foto: Dreamstime.

La aplicación del Ingreso Mínimo Vital por todo el país sigue progresando una vez que la prestación ha cumplidos dos años de vida. En la actualidad lo reciben cerca de 1,2 millones de personas, pero esta cantidad está aún muy por debajo de lo que estimó el Gobierno al aprobarla, cifrando en 2,3 millones de personas las potenciales beneficiarias.

Es por eso que uno de los caballos de batalla de la Seguridad Social es concienciar a muchos posibles beneficiarios de la prestación de que tienen opciones reales de percibirla aunque ellos no lo sepan y empujarles a solicitarla. La razón es clara: existen colectivos que consideran que no cumplen con los requisitos cuando en realidad sí los cumplen.

Uno de los motivos más frecuentes es el de las personas que perciben algún tipo de ingreso, ya sea procedente de un salario, de una prestación por desempleo o de una pensión pública, ya sea contributiva o no contributiva. Estas personas piensan que, por el hecho de tener una renta que cubre en parte sus necesidades quedan inhabilitadas para cobrar el Ingreso Mínimo Vital, pero nada más lejos de la realidad.

Todo se debe a la naturaleza del propio Ingreso Mínimo Vital, que aunque funciona como una prestación también lo hace como una renta garantizada. Así, las cuantías de este Ingreso Mínimo Vital para cada unidad de convivencia son la renta que se garantiza para cada una de ellas. Si uno de los miembros tiene ingresos pero quedan por debajo de esa renta garantizada, el IMV se destinará a cubrir esa diferencia.

De hecho, según explica la Seguridad Social en su página web, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital es "la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos" de los miembros de la unidad de convivencia siempre que esa diferencia sea al menos de 10 euros.

Así puedes saber si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital

En caso de albergar dudas sobre la posibilidad de cobrar el Ingreso Mínimo Vital, el ciudadano cuenta con una herramienta útil: el simulador que a pone a su disposición la Seguridad Social y que le permite conocer no solo si tiene derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital, sino también la cuantía de esta prestación en caso de que pudiera cobrarla.

A través de este enlace de la Seguridad Social y sin necesidad de métodos de acceso como el certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (así es el registro para obtener Cl@ve PIN o permanente), el ciudadano puede hacer la simulación. El programa le pedirá informaicón sobre su situación personal, su nivel de ingresos y de patrimonio...y elaborará una proyección no vinculante. Con todo, si en esa simulación el resultado es que el ciudadano tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, se le dará la posibilidad de acceder de forma inmediata a los trámites para pedirlo.

Cuál es la cuantía del Ingreso Mínimo Vital

En la actualidad los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital se pueden beneficiar del aumento del 15% decretado por el Gobierno hasta final de año como una de las medidas para paliar la inflación y los efectos económicos negativos de la guerra de Ucrania.

Además, hay que tener en cuenta que el importe del IMV puede aumentar si se tiene derecho al complemento de ayuda a la infancia (de 50 a 100 euros por cada hijo menor de edad) y que en las unidades de convivencia con algún miembro con un 65% o más de discapacidad la cuantía aumenta en un 22%.

Con todo, estas son las cuantías del Ingreso Mínimo Vital por norma general hasta 2022 con el efecto de ese incremento del 15%:

-Para unidades de convivencia de un adulto: 565,28 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y un menor: 859,33 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 1.028,87 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos: 734,97 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 904,51 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de dos adultos y tres o más menores: 1.243,74 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos: 904,51 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 1.074,20 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de cuatro adultos: 1.074,20 euros mensuales.

-Para unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros mensuales.

-Para el resto de unidades de convivencia: 1.243,74 euros mensuales.

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