
El Ingreso Mínimo Vital ha tenido diferentes reformas a lo largo de sus dos años de vida. Una de las mñas relevantes fue la de diciembre de 2021, en la que se introdujo el complemento de ayuda a la infancia que se instauró con el objetivo de ofrecer una mayor cobertura a los menores de edad, sector vulnerable por antonomasia.
Este complemento de ayuda a la infancia se otorgó a todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en ese momento y se extendió, lógicamente, a los futuros beneficiarios de la prestación. En resumen, el funcionamiento es claro: todas las unidades de convivencia que tengan menores de edad podrán sumar este complemento a la renta garantizada que le proporciona el IMV.
Las cantidades del complemento son mensuales y por cada hijo, aunque se diferencian en función de la edad de los menores en cuestión:
-100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años.
-70 euros mensuales por cada hijo mayor de tres y menor de seis años.
-50 euros mensuales por cada hijo mayor de seis años y menor de 18 años.
Aunque este complemento aparece estrechamente vinculado al Ingreso Mínimo Vital por su objetivo compartido de cubrir a los hogares más vulnerables, también se contempla que las familias que no perciban la prestación puedan cobrar el complemento, siempre que se mantengan dentro de unos parámetros muy concretos en materia de ingresos y patrimonio.
Cuáles son los límites de ingresos para cobrar el complemento
La Seguridad Social explica que el límite de renta es el 300% de la renta garantizada en el Ingreso Mínimo Vital para su unidad de convivencia, aunque a cada una de esas unidades se le puede aplicar un incremento que dependerá de esa estructura de la unidad de convivencia.
Cuáles son los límites al patrimonio para cobrar el complemento
En este caso, el límite es el 150% del umbral de patrimonio establecido para cada unidad de convivencia, aunque para cada una de ellas existe un incremento se puede consultar en la siguiente tabla con escala.
Cuáles son los límites al test de activos para cobrar el complemento
En este caso, el límite que establece la Seguridad Social es el de seis veces la renta garantizada para cada unidad de convivencia. Como en los supuestos anteriores, existen escalas de incrementos que varían dependiendo de dicha unidad de convivencia.
Cómo pedir el complemento de ayuda a la infancia
Si cumple con todos los criterios detallados anteriormente, el ciudadano o ciudadana podrá pedir el complemento de ayuda a la infancia. La Seguridad Social explica en su página web que todas las personas a las que no se les reconozca de oficio este complemento (es decir, que no perciban el Ingreso Mínimo Vital) tienen dos opciones para pedirlo:
-A través del formulario online del Ingreso Mínimo Vital disponible en este enlace. Se puede solicitar sin necesidad de poseer métodos de acceso como el certificado digital (puede conseguirse en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (así se puede registrar para obtener Cl@ve PIN o permanente).
-A través de la cumplimentación del modelo de solicitud del Ingreso Mínimo Vital, al que se puede acceder desde este enlace. Basta con rellenar la información que se pide al ciudadano en dicho formulario.