
La edad efectiva de jubilación en España es de 64 años, algo por debajo de la edad real, que se encuentra entre los 65 y los 66 años y dos meses, dependiendo de los años cotizados. Las personas que deseen jubilarse de forma anticipada pueden hacerlo,y de hecho lo hacen, pero asumiendo diferentes recortes en la pensión de jubilación.
Al igual que existe una pensión mínima a la que el trabajador tiene derecho cuando se jubila, la normativa de pensiones también establece pensiones máximas. En 2022, el Real Decreto 65/2022, de 25 de enero dejó esta cuantía máxima de las pensiones en 2.819,18 euros mensuales. Pero, ¿qué sucede cuando una persona que ha acumulado sueldos de gran cuantía mensual genera una pensión por encima de esa cuantía máxima tras la aplicación de los coeficientes reductores de la jubilación anticipada?
Estas personas tienen un cálculo de la pensión un tanto especial y unos recortes también diferentes al del resto de trabajadores. A pesar de que su hipotética pensión de jubilación es mayor a la cuantía máxima de las pensiones, también sufren recortes en esa prestación. Es decir, que pese a tener esos sueldos altos no tendrán derecho a cobrar la pensión máxima de jubilación.
El primer paso es calcular la pensión de jubilación conforme al método de la Seguridad Social. Se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y se dividen entre 350 para obtener la base reguladora. En caso de existir periodos sin cotizar, los trabajadores por cuenta ajena pueden beneficiarse de la integración de lagunas con la que esos periodos se rellenan con la base mínima los primeros 48 meses (y el 50% de la misma de ahí en adelante).
Con la base reguladora calculada lo siguiente que hay que hacer es conocer el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho. Esto lo determina el número de años trabajados: con 15 se garantiza el 50% y con cada uno de los siguientes 106 meses se obtiene un 0,21% extra y con cada uno de los siguientes 146 meses se consigue un 0,19% extra. Con un total de 36 años trabajados se tiene derecho al 100% de la base reguladora.
Los recortes de las pensiones en la jubilación anticipada
Tras el cálculo, es esa cantidad a la que hay que aplicar los coeficientes reductores de la pensión. Estos coeficientes fueron modificados por la 'reforma Escrivá' de las pensiones y aparecen recogidos en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. Dependen tanto del adelanto en la jubilación como de los años trabajados y son los siguientes:
-Para trabajadores de menos de 38 años y seis meses trabajados los recortes van del 21% al 3,26%.
-Para trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses los recortes van del 19% al 3,11%.
Para trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses los recortes van del 17% al 2,96%.
-Para trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados los recortes van del 13% al 2,81%.
Si un trabajador, tras aplicarse esos coeficientes, presenta una pensión de jubilación por encima de la cuantía máxima de las pensiones (esos 2.819 euros mensuales), estará en una situación especial que conlleva a nuevas reducciones. La Seguridad Social informa en su página web de que el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación".
Para jubilarse de forma anticipada a los 64 años, por lo tanto, existen unos importes máximos de pensión que resultarán de aplicar a la cuantía máxima de las pensiones esos porcentaje, que dependiendo de la cotización del trabajador serán mayores o menores (ya que su edad ordinaria será de 65 años en el caso de 37 años y seis meses cotizados o de 66 años y dos meses si no llega a esa cifra).
De esta forma, los recortes que puede sufrir un trabajador irán del 0,5% al 4%, es decir, de entre 14 y 113 euros al mes. Esto deja unas pensiones mensuales de entre 2.805 mensuales en el mejor de los casos (el de menor anticipo) y 2.706 euros en el peor de los casos (un anticipo de hasta dos años, el máximo permitido en la jubilación ordinaria voluntaria).
En este punto, hay que hacer un matiz: las mujeres que perciban un complemento para reducir la brecha de género de las pensiones pueden ver ligeramente ampliadas esas cantidades, ya que el complemento (que puede ir de 28 a 112 euros mensuales) no se tiene en cuenta a la hora de la aplicación del límite máximo de pensiones.
Los próximos cambios a partir de 2024
A partir de 2024 estas personas con sueldos altos tendrán cambios en el cálculo de la pensión de jubilación si deciden jubilarse de forma anticipada. Uno de los acuerdos de la 'reforma Escrivá' fue igualar los recortes en las pensiones de estas personas con las del resto de trabajadores, es decir, eliminar las reducciones del 0,5% por trimestre y pasar a los recortes que varían en función de la cotización previa y que van del 21% al 2,86% en la jubilación anticipada voluntaria.
Así, en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre se estableció un calendario progresivo por el que los coeficientes irán avanzando año tras año hasta 2033, año en el que los coeficientes de todos los trabajadores estarán igualados.