
El subsidio para mayores de 52 años es uno de los más importantes de los subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y que actualmente llegan de forma mensual a más de 701.000 personas en nuestro país, de acuerdo con los datos que maneja el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Este subsidio es especial y presenta alguna que otra particularidad. Debido a su beneficiario potencial (una persona cercana a la edad de jubilación que ha agotado el paro y dispone de escasos ingresos), la duración de la prestación es mucho mayor que la del resto de subsidios: hasta la edad de jubilación si la persona no encuentra antes un nuevo trabajo.
Es por esto que para su cobro se exigen requisitos de todo tipo, entre ellos de índole económica. Esto tiene el objetivo de garantizar que el subsidio se pague a personas que realmente lo necesiten. En concreto, se exige que los ingresos del beneficiario (o los de su unidad familiar en conjunto dividiendolos entre el número de miembros) no superen en cómputo mensual el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, tal y como explica el SEPE en su página web.
Este requisito se debe cumplir en el momento de acceso a la prestación pero se ha de mantener durante todo el periodo de cobro del subsidio. No obstante, para acreditar ese mantenimiento del derecho al subsidio se ha de demostrar de forma anual que el nivel de ingresos sigue dentro de los márgenes permitidos por la ley.
Es por eso que, de forma anual, el beneficiario de un subsidio para mayores de 52 años debe presentar la declaración anual de rentas. El SEPE ha advertido de ello en su página web: "Debes justificar que sigues cumpliendo el requisito de carencia de rentas propias presentando cada año una declaración de tus rentas, acompañada de la documentación que lo justifique".
Hay que entregar esta declaración de rentas en un plazo determinada, no puede hacerse a elección del beneficiario del subsidio. El SEPE explica que se debe presentar en los 15 días siguientes al cumplimiento del año "a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en la que lo reanudaste por última vez" y, a partir de ese momento, de forma anual tomando como referencia esa fecha.
No presentar la declaración en plazo tendrá consecuencias negativas para el beneficiario, ya que el cobro de la prestación solo tendrá efectos desde la fecha de la presentación. En el caso de no presentar la declaración anual de rentas se interrumpirá el cobro de la prestación de forma indefinida hasta que se presente ese documento.
Cómo presentar la declaración anual de rentas
Por todo esto resulta clave saber cómo presentar la declaración anual de rentas. El SEPE pone a disposición del ciudadano dos opciones:
-Si el ciudadano no superó ese límite del 75% del SMI de ingresos en ningún mes, podrá hacerlo a través de la Sede Electrónica del SEPE, en el servicio disponible en este enlace. Para ello necesitará la posesión de un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), un DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve permanente o PIN).
También existe la opción de hacerlo de forma online sin necesidad de contar con alguno de los métodos de acceso anteriores: con el formulario de pre-solicitud individual, disponible en este enlace. Para ello hay que seleccionar la opción 'Pre-Solicitud de prestación individual' y después el subtrámite 'Declaración Anual de rentas subsidio para mayores de 52 años'.
-Si el ciudadano superó durante algún mes el límite del 75% del SMI, deberá acudir a una oficina de prestaciones del SEPE para presentar la declaración anual de rentas. Para ello debe pedir cita previa, ya sea por teléfono o en la Sede Electrónica del organismo (en esta guía detallada se explica cómo hacerlo en cualquiera de las dos vías).