
Cuando un trabajador se jubila de forma anticipada debe asumir ciertos recortes en la pensión de jubilación que funcionan como una especie de compensación al adelanto del retiro profesional. Sin embargo, determinadas personas sufrirán unos recortes diferentes y tendrán derecho a una pensión que podrá alcanzar una cuantía máxima que será diferente en función de cada caso.
Es lo que sucede con los trabajadores que han percibido a lo largo de su carrera laboral salarios de cuantía superior a la de la cuantía máxima de las pensiones. Estas personas tendrán con probabilidad una base reguladora superior a esa cuantía máxima, lo que puede provocar que, una vez aplicados los recortes, tengan una pensión de importe mayor a la cuantía máxima permitida y actualizada anualmente por ley.
Tal y como explica la Seguridad Social en su página web, "el importe resultante de la pensión no podrá ser superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación" en los casos que, tras aplicar los coeficientes reductores correspondientes, la pensión quede por encima de la pensión máxima.
Este mecanismo es de aplicación tanto en las jubilaciones anticipadas voluntarias (las que se realizan por voluntad del trabajador y permiten adelantos máximos de dos años) como en las involuntarias (que derivan de un cese no voluntario en el trabajo y permiten adelantos máximos de cuatro años). Solo quedan fuera de este caso los trabajadores que se jubilan de forma anticipada en razón de la peligrosidad, penosidad o toxicidad de su profesión.
Cuál es la cuantía de la pensión de jubilación
Para el cálculo de la pensión de jubilación resultante, lo primero que hay que hacer es ejecutar el método de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años y las divide entre 350 para obtener la base reguladora. Después hay que atender a los años trabajados en total para saber a qué porcentaje de la base reguladora se tiene derecho: con 15 años se garantiza un 50% de la misma y desde ese punto cada uno de los siguientes 106 meses otorgan un 0,21% extra y cada uno de los 146 meses posteriores un 0,19% extra. Así, con 36 años trabajados una persona se garantiza el 100% de la base reguladora, es decir, el 100% de la pensión.
En este momento para un jubilado anticipado entran en juego los coeficientes reductores de la pensión, que son mensuales y se aplican sobre esa cuantía resultante. Dependen de la modalidad de jubilación anticipada, de los meses de adelanto de la jubilación y de los años trabajados. Aparecen publicados en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (puede consultarla en este enlace del Boletín Oficial del Estado) y son los siguientes:
-En la jubilación anticipada voluntaria los coeficientes son de entre el 21% y el 2,81% de reducción.
-En la jubilación anticipada involuntaria los coeficientes son de entre el 30% y el 0,50% de reducción.
Las reducciones especiales en la pensión si tienes un sueldo alto
En el caso de que, dados todos estos pasos, el trabajador tenga una cuantía de pensión superior a la cuantía máxima, tendrá que aplicar lo que dice la normativa. Así, su pensión no podrá ser superior a la cuantía máxima de las pensiones reducida en un 0,50% por cada trimestre de adelanto. En 2022 la cuantía máxima de las pensiones es de 2.819,18 euros mensuales, por lo que este porcentaje se debe aplicar a esa cantidad.
Los porcentajes dependerán, por lo tanto, del tiempo de anticipo de la jubilación. El mínimo será un 0,50%, que se dará en casos de jubilaciones con tres o menos meses de anticipo. El máximo, por el contrario, será un recorte de un 8% para las jubilaciones con 48 meses de adelanto (los casos de jubilaciones anticipadas involuntarias con el anticipo máximo permitido).
-En anticipos de tres meses o menos la reducción es del 0,50%, dejando la pensión en unos 2.805 euros mensuales.
-En anticipos de entre tres y seis meses la reducción es del 1%, dejando la pensión en unos 2.791 euros mensuales.
-En anticipos de entre seis y nueve meses la reducción es del 1,5%, dejando la pensión en unos 2.777 euros mensuales.
-En anticipos de entre nueve y doce meses la reducción es del 2%, dejando la pensión en unos 2.763 euros mensuales.
-En anticipos de entre 12 y 15 meses la reducción es del 2,5%, dejando la pensión en unos 2.759 euros mensuales.
-En anticipos de entre 15 y 18 meses la reducción es del 3%, dejando la pensión en unos 2.745 euros mensuales.
-En anticipos de entre 18 y 21 meses la reducción es del 3,5%, dejando la pensión en unos 2.731 euros mensuales.
-En anticipos de entre 21 y 24 meses la reducción es del 4%, dejando la pensión en unos 2.717 euros mensuales.
-En anticipos de entre 24 y 27 meses la reducción es del 4,5%, dejando la pensión en unos 2.703 euros mensuales.
-En anticipos de entre 27 y 30 meses la reducción es del 5%, dejando la pensión en unos 2.689 euros mensuales.
-En anticipos de entre 30 y 33 meses la reducción es del 5,5%, dejando la pensión en unos 2.675 euros mensuales.
-En anticipos de entre 33 y 36 meses la reducción es del 6%, dejando la pensión en unos 2.661 euros mensuales.
-En anticipos de entre 36 y 39 meses la reducción es del 6,5%, dejando la pensión en unos 2.647 euros mensuales.
-En anticipos de entre 39 y 42 meses la reducción es del 7%, dejando la pensión en unos 2.633 euros mensuales.
-En anticipos de entre 42 y 45 meses la reducción es del 7,5%, dejando la pensión en unos 2.619 euros mensuales.
-En anticipos de entre 45 y 48 meses la reducción es del 8%, dejando la pensión en unos 2.605 euros mensuales.
Efectos en el complemento para reducir la brecha de género
Los pensionistas (en su mayor parte, mujeres) que cobren el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones presentan diferencias con el resto de pensionistas que se encuentren en estas situaciones. Tal y como se recoge en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarla en este enlace del Boletín Oficial del Estado), "el importe del complemento no será tenido en cuenta en la aplicación del límite máximo de pensiones".
Dicho importe del complemento depende del número de hijos: se otorgan 28 euros mensuales por cada hijo con un máximo de cuatro, por lo que la cuantía máxima del complemento para reducir la brecha de género será de 112 euros mensuales.
Los cambios en las pensiones a partir de 2024
A partir de 2024 muchos de los trabajadores con sueldos altos comenzarán a regirse por normas diferentes en cuanto a los recortes en sus pensiones si se jubilan de forma anticipada. La primera pata de la 'reforma Escrivá' de las pensiones estableció un calendario progresivo para igualar los recortes de las pensiones de estos trabajadores con las del resto, de tal forma que se les apliquen los mismos porcentajes y no esa escala de 0,50% de reducción por trimestre.
Debido a la magnitud del cambio, se ha diseñado un calendario de 10 años que comienza en 2024 y termina en 2033 que afecta a las jubilaciones anticipadas voluntarias. Los coeficientes, pasado, ese tiempo, se igualarían al del resto de trabajadores y su aplicación anual a lo largo de ese periodo se puede consultar en la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre.