Economía

Cómo saber si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital: esta es la cuantía que puedes cobrar

  • Aún quedan más de un millón de personas que podrían cobrarlo y no lo saben
  • La Seguridad Social dispone de un simulador en el que se puede comprobar
  • Es de fácil acceso y reenvía a los trámites de solicitud si se tiene derecho
Foto: Dreamstime.

El objetivo de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital está todavía muy lejos de cumplirse. Hace más de un año y medio, cuando se puso en marcha el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estimó que hasta 2,3 millones de personas podrían recibirlo pero la realidad es que apenas se ha conseguido que lo perciba menos de la mitad de esa población, más de 960.000 personas.

Por esta razón es muy probable que muchas personas aún no conozcan realmente si tienen derecho o no a percibir la prestación. La Seguridad Social tiene en este aspecto un campo de lucha, ya que se ha advertido en numerosas ocasiones desde el organismo que muchas personas que podrían percibir el Ingreso Mínimo Vital no saben que cumplen con todos los requisitos que exige el cobro de esta ayuda.

Para todas personas y para otras que estén interesadas en saber si tienen derecho al Ingreso Mínimo Vital la Seguridad Social ha dispuesto en su página web de un simulador que permite comprobar si se cumplen con los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital.

Accediendo en este enlace y sin necesidad de tener un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) el ciudadano podrá saber si reúne todas las condiciones para percibir la prestación. Para ello solo tendrá que responder a las preguntas que le haga el sistema.

En un método de preguntas continuas, el sistema irá requiriendo al ciudadano datos sobre su residencia en España (si ha superado un año o no), su situación de convivencia (si vive solo o no, considerando que en casos de violencia de género, separaciones, divorcios o desahucios las viviendas compartidas no cuentan como tal), su situación personal (si está casado o tiene pareja de hecho, o es soltero)...

Además, también se le pedirán otros datos relativos a la edad, el nivel de ingresos o de patrimonio (se contemplan diferentes límites que hay que respetar para poder cobrar la prestación)  o de posible pertenencia a algún colectivo vulnerable.

Cuando el ciudadano haya completado toda la información, el simulador de la Seguridad Social le dirá si tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital o no. En caso afirmativo, además, le indicará la cuantía aproximada de prestación que podría cobrar. Sea como fuere, al tratarse de una simulación el resultado no es vinculante y la herramienta le proporcionará un enlace en el que el ciudadano podrá comenzar los trámites de solicitud de la prestación.

¿Cuál será la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?

Si sabe que tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, al ciudadano solo le queda conocer la cuantía de la prestación. No existe una cuantía determinada, ya que depende de los ingresos del ciudadano: el IMV es compatible con salarios, otras prestaciones, pensiones...aunque una de las novedades de este año es que ya no cuentan para el cómputo las pensiones compensatorias ni las de alimentación a favor de los hijos.

La clave está en la unidad de convivencia de la que forme parte el ciudadano. Para cada una de estas unidades de convivencia existe un límite de renta, por lo que la cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre el límite de ingresos que le corresponde y su propio nivel de ingresos.

Los límites, eso sí, se van actualizando año tras año. En 2022 aumentaron un 3% (al igual que las pensiones no contributivas y las mínimas) después de que se aprobasen los Presupuestos Generales del Estado. Este incremento deja los límites para cada unidad de convivencia de la siguiente forma:

-Un adulto: 491,63 euros mensuales y 5.899,60 euros anuales.

-Un adulto y un menor: 747,28 euros mensuales y 8.967,39 euros anuales.

-Un adulto y dos menores: 894,77 euros mensuales y 10.737,27 euros anuales.

-Un adulto y tres o más menores: 1.042,26 euros mensuales y 12.507,15 euros anuales.

-Dos adultos: 639,12 euros mensuales y 7.669,48 euros anuales.

-Dos adultos y un menor: 786,61 euros mensuales y 9.439,36 euros anuales.

-Dos adultos y dos menores: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Dos adultos y tres o más menores: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Tres adultos: 786,61 euros mensuales y 9.439,36 euros anuales.

-Tres adultos y un menor: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Tres adultos y dos o más menores: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Cuatro adultos: 934,10 euros mensuales y 11.209,24 euros anuales.

-Cuatro adultos y un menor: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

-Resto de unidades de convivencia: 1.081,59 euros mensuales y 12.979,12 euros anuales.

En este punto hay que recordar dos novedades. La primera es la del complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital, que añade 100 por cada hijo menor de tres años, 70 euros por cada hijo de hasta cinco años y 50 euros por cada hijo de entre seis y 17 años. Estas cantidades se añadirían al límite de la unidad de convivencia correspondiente.

En segundo lugar, se ha implementado un incremento del IMV para las unidades de convivencia en las que al menos uno de sus integrantes tenga una discapacidad de un 65% o superior: esto dará derecho a un aumento del 22% de la renta máxima para dicha unidad de convivencia.

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