Economía

Cómo conseguir una pensión de invalidez si no has cotizado lo suficiente

  • No solo vale acreditar esa ausencia de cotización: hay más requisitos
  • Sus cuantías han aumentado un 3% tras la aprobación de los Presupuestos
Foto: Dreamstime.

Para poder cobrar una pensión de incapacidad permanente en ocasiones se exige a su hipotético beneficiario la acreditación de un nivel de cotización que, de no cumplir, le obliga a buscar otras alternativas. Todas ellas, eso sí, dentro de la acción protectora de la Seguridad Social.

Para esos casos el organismo contempla el cobro de la pensión no contributiva de invalidez, que se otorga a las personas que necesitan de una asistencia económica en una situación de cierta incapacidad pero que, por la razón que sea, no han podido cumplir los criterios de cotización que se exigen a las incapacidad permanentes.

Este problema se puede dar en aquellos trabajadores cuya discapacidad se debe a una enfermedad común, contexto en el que se exigen periodos de cotización previos a los trabajadores y que dependen del tipo de grado de la incapacidad permanente que se ha aprobado.

Si es imposible cumplir con esos requisitos, el trabajador quizá pueda cobrar la pensión no contributiva de invalidez. En la página web del IMSERSO se define esta prestación como la que "asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva".

Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de invalidez

Sin embargo, para poder cobrar la pensión no contributiva de invalidez no sirve solamente acreditar que no se llega a la cotización exigida. El sistema exige a sus beneficiarios cumplir con otros requisitos extra:

-Tener rentas en cómputo anual inferiores a 5.899,60 euros. Las cantidades aumentan en el caso de que la unidad de convivencia esté formada por más personas, siempre y cuando sean como máximo del segundo grado de afinidad o cosangunidad (cónyuges, hijos o hijas, padre o madre, abuelos o abuelas, nietos o nietas).

Así, el límite de rentas es de 10.029,32 euros anuales para dos miembros, de 14.159,04 euros anuales para tres miembros y de 18.288,76 euros anuales para cuatro o más personas. Pero, si entre esos miembros vive alguno de sus hijos o padres el límite se incrementa más: de 25.073,30 euros anuales para dos miembros, de 35.397,60 euros anuales para tres miembros y de 45.721,90 euros anuales para cuatro o más miembros.

-Tener entre 18 y 64 años, ya que a partir de los 65 años el ciudadano podrá tener derecho a la pensión de jubilación (la no contributiva en caso de no cotizar lo suficiente para la contributiva).

-Residir en territorio español, haberlo hecho un mínimo de cinco años y al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

Cuantía de las pensiones no contributivas de invalidez

Estas prestaciones se han incrementado un 3% para 2022, después de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Tras ese aumento las cuantías de las pensiones no contributivas de invalidez quedan de la siguiente forma (en 12 pagas y dos pagas extra):

-La pensión íntegra es de 421,40 euros mensuales y 5.899,60 euros anuales.

-La pensión íntegra con el incremento del 50% (para discapacidades de al menos el 75%) es de 632,10 euros mensuales y 8.849,40 euros anuales.

-La pensión mínima, del 25%, es de 105,35 euros mensuales y 1.474,90 euros anuales.

-Si existen dos miembros de la misma unidad familiar con derecho a pensión, la cuantía será de 358,19 euros mensuales y 5.014,66 euros anuales.

-Si existen tres o más miembros de la misma unidad familiar con derecho a pensión, la cuantía de cada una de ellas es de 337,12 euros mensuales y 4.719,68 euros anuales.

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