
En el momento en que una persona decide contratar a un empleado o empleada de hogar ha de hacerse responsable del pago de sus cuotas a la Seguridad Social. Es una obligación en materia de cotizaciones que, de incumplirse, puede conllevar importantes multas y sanciones.
Para evitar incumplimientos y también con el objetivo de ayudar a las personas que no conozcan cómo deben pagar esas cuotas, la Seguridad Social ha explicado en su perfil de información de la red social Twitter que disponen de un simulador por el cual pueden aproximarse a la cuota que han de pagar a su empleado o empleada de hogar, siempre que introduzcan los datos de forma correcta.
La manera de hacerlo es a través de Import@ss, el portal de trámites online de la Seguridad Social que dedica una sección especial a empleadores, empleados y empleadas de hogar y que facilita el servicio 'Calculadora de cuota en Empleo de Hogar', disponible en este enlace.
El funcionamiento de esta calculadora es muy sencilla. No precisa de acceso con certificado digital (puede conseguirlo en cuatro pasos) o Cl@ve (así puede obtener Cl@ve PIN o permanente), ya que simplemente hay que ir respondiendo a las preguntas que el sistema vaya realizar:
-Quién efectúa el alta. En jornadas de menos de 60 horas mensuales se da opción de hacerlo al propio empleado o empleada.
-Tipo de jornada. Si es de 40 horas semanales o inferior.
-El salario del empleado o empleada. Aquí hay que incluir los complementos salariales, las horas de guardia o el salario en especie.
-Si las pagas extraordinarios están prorrateadas o no. También hay que incluir el importe de las pagas, que puede ser el correspondiente a un acuerdo entre empleador y empleado.
-Si el empleador es familia numerosa. Esto puede dar derecho a diferentes descuentos en la cuota a pagar a la Seguridad Social.
Cuando responda a todos estos requerimientos, la persona interesada verá cómo el sistema le calcula la cuota que tendría que pagar a su empleado y el posible descuento en caso de que sea la primera contratación. También le facilitará un enlace directo para el comienzo de los trámites de alta, en caso de que así lo desee.
Las advertencias de la Seguridad Social a los empleadores de hogar
Antes de dar de alta a un empleado o empleada de hogar, el empleador debe ser muy consciente de que pagar sus cuotas es obligatorio y además muy importante: dará el derecho a que su trabajador pueda disfrutar en el futuro de las prestaciones o coberturas varias de la Seguridad Social cuando las necesite.
Además, también debe ser consciente de que el salario de su empleado o empleada ha de ser al menos el correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que es de 965 euros mensuales en 14 pagas, 1.125,83 euros mensuales en 12 pagas y en todo caso de un mínimo de 7,55 euros por hora.
El salario que el empleador acuerde con el empleado o empleada es el punto de partida para determinar esa cuota. Existe un sistema de tramos por el cual se determina la base de cotización que le corresponde a cada nivel de salario.