
En buena parte de los casos, los trabajadores tienen derecho a cobrar el paro, la prestación contributiva por desempleo, cuando se quedan sin trabajo. Sin embargo, lo que ya depende de cada situación es el tiempo durante el cual se puede cobrar esta ayuda.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado en su perfil de la red social Twitter que la duración del paro depende de la cotización previa que el trabajador realizó en concepto de desempleo. En su página web, el organismo detalla esta explicación: "Se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior".
Como mínimo, el trabajador deberá haber acumulado 360 días de cotización para tener derecho a cobrar el paro. En concreto, llegar a esta cantidad le garantizará 120 días de prestación contributiva por desempleo, cuatro meses. A partir de ahí, cuanto más se haya cotizado previamente, más tiempo se podrá cobrar el paro.
La tabla con todos los días que se necesita haber cotizado y los días de paro a los que se tiene derecho en función de esa cotización previa queda de la siguiente forma:
-De 360 a 539 días cotizados dan derecho a 120 días de paro.
-De 540 a 719 días cotizados dan derecho a 180 días de paro.
-De 720 a 899 días cotizados dan derecho a 240 días de paro.
-De 900 a 1.079 días cotizados dan derecho a 300 días de paro.
-De 1.080 a 1.259 días cotizados dan derecho a 360 días de paro.
-De 1.260 a 1.439 días cotizados dan derecho a 420 días de paro.
-De 1.440 a 1.619 días cotizados dan derecho a 480 días de paro.
-De 1.620 a 1.799 días cotizados dan derecho a 540 días cotizados.
-De 1.800 a 1.979 días cotizados dan derecho a 600 días cotizados.
-De 1.980 a 2.159 días cotizados dan derecho a 660 días cotizados.
-A partir de 2.160 días cotizados se tiene derecho a 720 días, el periodo máximo de prestación (dos años).
¿Cuál es la cuantía del paro?
El SEPE explica en su página web que durante los primeros 180 días de cobro, la prestación tendrá una cuantía del 70% de la base reguladora, mientras que a partir del día 181 y hasta el final del cobro de la prestación, su cuantía será del 50% de dicha base reguladora.
Todas estas cantidades han de respetar las cuantías mínimas y máximas que establece el SEPE para esta prestación contributiva por desempleo:
-La cuantía mínima será del 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) con carácter general y del 107% del IPREM para las personas con hijos a cargo, incrementadas además en una sexta parte de dicho IPREM: 527,24 euros mensuales y 705,18 euros mensuales, respectivamente.
-La cuantía máxima será del 175% del IPREM con carácter general, del 200% del IPREM para personas con un hijo y del 225% del IPREM para personas con dos o más hijos, incrementadas todas estas cantidades en una sexta parte del IPREM: 1.153,33 euros mensuales, 1.318,10 euros mensuales y 1.482,86 euros mensuales, respectivamente.
Con todo, el SEPE ofrece al trabajador un programa de autocálculo en su Sede Electrónica (y disponible en este enlace) que le permite aproximarse a la cuantía del paro a la que tiene derecho en función de su situación personal (base reguladora, cargas familiares...).