Economía

Estos son los subsidios del SEPE con los que cotizas para la jubilación

  • No todos sirven al trabajador para conseguir esa cotización
  • En los casos disponibles, la base es del 125% de la mínima
Foto: EP.

El cobro de prestaciones por desempleo implica cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes (entre ellas la jubilación), pero solo en algunos casos. El paro, la prestación contributiva, es el ejemplo más claro, ya que se trata de la ayuda que más se cobra. Pero con algún que otro subsidio también se cotiza de la misma forma.

Tal y como explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web, con varios subsidios por desempleo también se cotiza a la jubilación y, por lo tanto, no se pierde tanta base reguladora por el camino y se sigue generando el derecho a una mayor pensión (cuantos más meses se cotizan, más porcentaje de base reguladora se consigue).

Por normal general, informa el SEPE, las personas que cobren un subsidio para mayores de 52 años, así como las personas que cobren el subsidio para los trabajadores fijos discontinuos siendo mayores de 52 años podrán cotizar a la jubilación mientras perciban dichos subsidios.

El redactado es importante y hay que seguirlo al pie de la letra, ya que los trabajadores fijos discontinuos no pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años, por lo que es clave no caer en la confusión.

A los dos grupos anteriormente mencionados hay que sumar también a las personas que cobren el subsidio para trabajadores fijos discontinuos siendo menores de 52 años. En este caso, podrán cotizar por desempleo durante los primeros 60 días si acreditaron previamente 180 días o más de cotización.

¿Cuánto se cotiza con los subsidios?

De acuerdo con la información del SEPE, en todos estos casos la base de cotización es el 125% de la base mínima de cotización a la Seguridad Social que se establezca en cada momento.

El SEPE asume la aportación empresarial correspondiente a contingencias comunes (un 23,6% de esa base de cotización anteriormente mencionada) y también paga la parte del trabajador, un 4,7%, aunque se le descuenta del importe de la prestación.

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