Economía

Así cotizas a la Seguridad Social cuando cobras el paro

  • El organismo abona la parte de cotización correspondiente a la empresa
  • También la del trabajador, pero la descuenta del importe de la prestación
Foto: Dreamstime.

Cuando nos quedamos en desempleo no finalizan, sin embargo, nuestras obligaciones con la Seguridad Social. En el caso de cobrar la prestación contributiva, más conocida como el 'paro', estas cotizaciones se mantienen, aunque de forma distinta.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar el abono de esta prestación y, además, también paga las cotizaciones a la Seguridad Social. El organismo explica en su página web que "asume la aportación empresarial y le descontará del importe de su prestación el 100% de la cuota que le corresponda".

Así, aunque el encargado en la práctica de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social (es decir, de hacer el trámite en sí mismo) es el SEPE, solo abona las que corresponden a la empresa, ya que es el propio trabajador el que paga las suyas, quedando descontadas del importe de la prestación al que tenga derecho.

En concreto, el SEPE abona el 23,6% de la base de cotización por contingencias comunes, la parte que corresponde a la empresa y que asegura la cobertura en las situaciones de jubilación, incapacidad permanente, incapacidad temporal, muerte y supervivencia, protección a la familia y asistencia médica.

El trabajador pondrá su parte, el 4,7% de la base de cotización con el que garantizar la cobertura ante las situaciones previamente enumeradas. No se cotiza por desempleo, formación profesional, contingencias profesionales y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Para determinar la cuantía de la base de cotización, el SEPE explica que "será la misma que la base reguladora de la prestación por desempleo". Esta base reguladora "se obtiene calculando la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados, teniendo en cuenta los días naturales de cada mes", informa el organismo.

Los trabajadores agrarios por cuenta ajena tanto fijos como fijos discontinuos tienen un procedimiento algo diferente, ya que el SEPE se encarga de abonar el 73,50% de su cotización correspondiente a la Seguridad Social.

Así, estos trabajadores verán cómo el SEPE asume la cotización que le corresponde a la empresa y también el 73,50% de la suya, la cual no se le descuenta de la prestación por desempleo. Solo deben abonar el 26,50% de esa cotización, que sí será descontada de la cuantía del paro al que tengan derecho.

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