
La subida del Salario Mínimo Interprofesional tiene una consecuencia para los empleados de hogar: al igual que otros trabajadores que estén en la misma situación, si cobraban anteriormente el SMI se les debe actualizar dicho sueldo con el nuevo salario mínimo.
La Seguridad Social ha recordado en su perfil de atención al ciudadano de la red social Twitter de que los empleadores de estos trabajadores han de actualizar con rapidez su salario si se trata del SMI. El organismo ha informado de que estas personas tienen hasta el 31 de octubre para hacerlo, ya que de lo contrario, tendrán que abonar un recargo.
La razón es que este 31 de octubre es la fecha de finalización del ingreso de cuotas, que pueden verse incrementadas por el aumento del salario. "En los casos en que dicha variación de retribución se comunique con posterioridad a esa fecha, procederá la emisión de recargo de acuerdo con lo establecido legalmente", explica la Seguridad Social.
Tal y como informa en su página web el organismo, el mecanismo para registrar esta subida del SMI es Import@ss, su nueva plataforma de trámites online que destina un apartado especializado a los empleadores, empleados y empleadas de hogar.
Para hacerlo, el ciudadano debe seleccionar la categoría 'Altas, bajas y modificaciones' y posteriormente elegir el trámite 'Modificación de datos laborales en empleo de hogar'. Permite cambiar todo tipo de datos, no solo el sueldo: también el tipo de jornada o el tipo de contrato.
A este servicio se puede acceder con certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), usuario + contraseña, Cl@ve PIN y vía SMS, aunque para este último caso es preciso que el teléfono esté registrado en la base de datos de la Seguridad Social.