
La Tesorería General de la Seguridad Social ha querido recordar a través de su cuenta oficial de Twitter que los empleados de hogar que trabajan en una casa menos de 60 horas al mes pueden tramitar ellos mismos su alta y baja de cotización.
Esta posibilidad, recuerda el Diario Sur, no significa que desaparezca la obligación del empleador de pagar la Seguridad Social, pues él debe hacerse cargo de esa cuantía, debe obtener un recibí del empleado del hogar y su compromiso de ingresar ese dinero para la cotización.
La cuestión de este aviso es que el empleador queda libre de la obligación formal de realizar los trámites del alta e ingreso mensual. Así, el organismo también explicó en el Twitter que este procedimiento puede hacerse a través de su página web, en concreto, el alta se hace a través de este enlace y la baja, a través de este.
Para el resto del empleados del hogar que trabajen más de 60 horas mensuales para el mismo empleador, es este último el que debe realizar todos los trámites.
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