
La Seguridad Social dispone de una cuenta en la red social Twitter en la que da soporte a los ciudadanos y responde dudas sobre las materias de su competencia. En 'Atención a la ciudadanía, el organismo informa de la normativa y da respuestas a preguntas comunes.
La última de ellas va destinada a las personas que están en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (Erte) y desean prejubilarse. Se trata de un colectivo que ha aumentado en la pandemia de coronavirus por las consecuencias económicas de los cierres y restricciones a la actividad por razones sanitarias.
La Seguridad Social ha informado en Twitter de que los trabajadores que quieran optar por la jubilación anticipada y actualmente no trabajen por estar incluidos en un Erte, debe tomar la fecha de finalización del expediente de regulación de empleo o, en su caso, el cese en el trabajo, como la de inicio de dicha prejubilación.
Mientras tanto, estos trabajadores seguirán realizando sus cotizaciones a la Seguridad Social, lo cual aliviará el impacto de la prejubilación, ya que esta se producirá con una menor antelación y, por lo tanto, con un menor coeficiente reductor de la pensión de jubilación resultante.
Estas reducciones dependen del tipo de prejubilación al que se acoja el trabajador. Si es una prejubilación voluntaria (hasta dos años antes, con 63 o 64 años), y hasta que entren en vigor los nuevos coeficientes reductores de la reforma Escrivá, la Seguridad Social contempla los siguientes coeficientes:
-Un 2% de la base reguladora por trimestre para carreras de menos de 38 años y medio.
-Un 1,875% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
-Un 1,75% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
-Un 1,625% de la base reguladora por trimestre para carreras de más de 44 años y 6 meses.
Para las jubilaciones anticipadas por cese no voluntario en el trabajo (cuatro años antes de la edad de jubilación, desde los 61 o 62 años), los coeficientes reductores aún son los siguientes:
-Un 1,875% de la base reguladora por cada trimestre anticipado para carreras de menos de 38 años y 6 meses.
-Un 1,75% de la base reguladora por trimestre anticipado para carreras de entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses.
-Un 1,625% de la base reguladora por trimestre para carreras de entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses.
-Un 1,5% de la base reguladora por trimestre para carreras de más de 44 años y 6 meses.