Economía

El aviso a los autónomos de la Seguridad Social por sus cuotas y recibos

  • El ente informa de las ventajas de registrarse en el portal Import@ss
  • El sector tiene una sección especializada con diferentes servicios
Foto: Dreamstime.

Los autónomos son uno de los sectores a los que la Seguridad Social ha dedicado un apartado especializado en Import@ss, su nuevo portal online para trámites. A ellos va dirigido uno de los últimos avisos del organismo.

En concreto, la Seguridad Social ha informado a estos profesionales por cuenta propia de que tienen disponible en dicho portal el servicio de pago de deudas y cuotas, en el que pueden acceder, incluso antes de que se proceda al abono, a los recibos que el organismo generará para el pago mensual de estas cantidades.

Para ver el recibo del mes actual, hay que esperar al día 26 de dicho mes o, en su lugar, aparecerá el recibo de la cuota del mes anterior. Además, se pueden conseguir y descargar los recibos de las cuotas hasta junio de 2018.

De la misma forma, en caso de no tener deudas con la Seguridad Social, los trabajadores autónomos podrán conseguir un certificado acreditativo de esta situación. La consulta de deudas también se puede efectuar a través del mismo porta Import@ss.

Esta herramenta online, además, permite al autónomo realizar otros trámites y acceder a diferentes servicios:

-Acreditación de haber solicitado alta o baja en trabajo autónomo.

-Informe de datos de cotización de trabajador autónomo.

-Alta en trabajo autónomo.

-Baja en trabajo autónomo.

-Cambio de base de cotización de trabajo autónomo.

-Modificación de actividad de autónomo.

-Modificación de mutua colaboradora y la cobertura de trabajo autónomo.

-Solicitud de modificación de datos de trabajo autónomo.

-Modificación de la condición de trabajo autónomo.

-Solicitud de la base reducida por pluriactividad en trabajo autónomo.

¿Cómo acceder a Import@ss?

La Seguridad Social informa de que para el acceso a este portal hay que disponer, obviamente, de medios telemáticos. Se puede entrar mediante certificado digital (se puede conseguir en cuatro sencillos pasos), Cl@ve PIN o vía SMS.

Para este último caso, el ente recuerda que su teléfono debe estar registrado en la base de datos del sistema, ya que de lo contrario no podrá efectuar ningún trámite por este procedimiento.

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