
Las últimas novedades de la Seguridad Social han ido destinadas, entre otras cosas, a ayudar a empleados y empleadas de hogar y a las personas que las contratan. La mayor transparencia y registro de condiciones a los que ha obligado el Gobierno hacen necesarias herramientas de control.
Por esta razón, la Seguridad Social ha establecido una sección concreta para estos trabajadores y empleadores dentro de su nuevo portal Import@ss. En él, todas las partes implicadas pueden realizar trámites, conseguir informes y, en general, estar al día con todas las obligaciones que requiere el organismo. Una de ellas es reflejar de forma actualizada el salario que se abona a los empleados y empleadas.
Este salario nunca debe ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional, de 950 euros en 14 pagas y 1.108,33 euros si las dos pagas extraordinarias se prorratean. Sea esta cantidad (o la proporcional si es a jornada parcial) o una superior, se deben registrar, así como las posibles retribuciones no dinerarias: alojamieto, manutención...
Si existen modificaciones de sueldo, el empleado debe acceder a Import@ss, y tiene la opción de hacerlo mediante certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), Cl@ve PIN o vía SMS. Una vez que elija el método, debe acceder a la sección 'Altas, bajas y modificaciones' y dentro de ella 'Modificación de datos laborales en empleo de hogar'.
En caso de no poder usar ninguno de estos métodos, tendrá que rellenar el modelo 'TA.2/S-0138 de Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena en el Régimen General - Sistema Especial para empleados de hogar'.
La última opción es permitir que una persona autorizada al sistema RED lo haga por nosotros. En ese caso habrá que ingresar en la sección 'Variaciones en el Sistema Especial para Empleados de Hogar' dentro del apartado 'Inscripción/Afiliación' de su Oficina Virtual.