Economía

Cuántos años debe cotizar tu cónyuge para que recibas una pensión de viudedad

  • La cantidad varía en función de la causa de la muerte, si estaba dado de alta...
Foto: Dreamstime.

Las pensiones de viudedad son las segundas, tras las de jubilación, que más se abonan en España. Los datos de la Seguridad Social correspondientes al mes de mayo dejan en más de 2,35 millones los beneficiarios de esta pensión contributiva para la cual hay que acreditar una serie de requisitos.

Uno de ellos no depende exclusivamente del beneficiario. Se trata del periodo de cotización del cónyuge cuya muerte genera el derecho a la pensión, y ha de ser determinado en cada caso para que su pareja pueda recibir dicha pensión conforme a lo establecido por la ley.

Según explica la Seguridad Social, para los casos de muerte por enfermedad común estando de alta en la Seguridad Social, la persona que fallece y crea el derecho a pensión de viudedad a su pareja debe tener un periodo cotizado previo de 500 días dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento o al periodo en el que dejó de estar obligado a cotizar (en situaciones asimiladas al alta). Para trabajadores a tiempo parcial y empleados y empleadas de hogar, las horas trabajadas se determinarán en función de las normativas que regulan sus actividades.

En casos de accidente (sea laboral o no) o enfermedad profesional, no se exige un periodo de cotización mínimo, así como el auxilio por defunción.

Las personas que, en el momento del fallecimiento no se encuentren de alta en la Seguridad Social ni en situación de asimilado deberán haber cotizado al menos 15 años, pero no generarán derecho de cobro de cantidades anteriores a 1999.

Además, todas las pensiones de viudedad que derivan de la muerte del cónyuge que recibía una pensión de jubilación contributiva (o tuviese derecho a ella sin haberla solicitado todavía) o de incapacidad permanente, deben tener, obviamente, los periodos de cotización exigidos para estas prestaciones por parte del cónyuge. Si estas prestaciones se cobrasen de forma indebida, la pareja no podrá cobrar la pensión de viudedad, siempre que esto se confirme por la Seguridad Social.

Los requisitos de cotización son diferentes para el caso de jubilación contributiva (los puede consultar aquí) y para los diferentes casos de incapacidad permanente que, dependiendo del que se trate, será uno u otro. En este enlace puede saber qué periodo de cotización se necesita para cada tipo de incapacidad permanente.

Los pensionistas de incapacidad permanente, no obstante, se rigen por una premisa: la Seguridad Social explica que "se consideran muertos por accidente de trabajo o enfermedad profesional quienes tengan reconocida por tales contingencias una incapacidad permanente absoluta o la condición de gran inválido".

Junto a estos casos, el organismo también informa de que "los perceptores de los subsidios de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural", que también generan derecho a una pensión de viudedad del cónyuge, deben cumplir con el periodo de cotización respectivo.

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