
El permiso acumulado de lactancia y la excedencia por cuidado del hijo se pueden disfrutar de forma seguida sin ningún descuento del salario ni condicionante. Así lo refleja la Audiencia Nacional en una sentencia del pasado mes, recogida por Europa Press.
La Sala de lo Social de la Audiencia avala con este fallo el derecho de los empleados de los contact center de la empresa Atento a disfrutar sin ningún perjuicio económico del permiso acumulado de lactancia y, seguidamente, la excedencia.
Esta compañía aplicaba descuentos salariales al personal, principalmente trabajadoras con contratos parciales, que decían encadenar el permiso por lactancia y la excedencia por cuidado de hijos, según recuerda Europa Press. En consecuencia, los empleados se veían obligados en la práctica a elegir por uno de los dos derechos.
En concreto, según la Audiencia Nacional, les descontaban el tiempo proporcional a los nueve meses de acumulación de la lactancia en los que no prestaban sus servicios porque habían solicitado la excedencia por cuidado de hijos de manera inmediata al permiso de lactancia.
Por ello, los sindicatos CCOO, CGT, CSIF, UGT, USO y CIG presentaron una demanda contra la compañía sobre la que la Audiencia emitió su sentencia el 21 de enero.
Da la razón a los trabajadores
La empresa alegó que para disfrutar del permiso acumulado de 15 horas para el cuidado del lactante previsto en el artículo 32 del convenio de Contact Center era necesario que el trabajador hubiera prestado servicios durante los nueve primeros meses de vida del lactante.
Sin embargo, la Audiencia estima la pretensión de los sindicatos. Entre sus argumentos, la Sala de lo Social considera que la igualdad de género debe primar a la hora de interpretar y aplicar una norma cuando existan varias opciones e insta a las empresas a "facilitar el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral".
Según informa Europa Press, en el fallo se reconoce expresamente que la conciliación familiar y laboral "descansa fundamentalmente en hombros femeninos, con importantes repercusiones en brechas de empleo y de condiciones de trabajo, que afectan de modo directo a la línea de flotación de la igualdad de trato y oportunidades".
En este punto, citando datos del Instituto de la Mujer, la Audiencia recuerda que más de un 90% de las excedencias por cuidado de hijos son disfrutadas por las madres (en 2017 fueron 40.563 madres frente a tan sólo 3.363 padres).
"La dimensión constitucional de las medidas normativas para facilitar la compatibilidad de la vida laboral y familiar (...) ha de prevalecer y servir de orientación para la solución de cualquier duda interpretativa en cada caso concreto", defiende la Audiencia.