El pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este viernes la nueva ordenanza de movilidad sostenible que reduce la velocidad de la mayoría de las calles de la capital -el 85% de las de la ciudad-, las de un carril por sentido o un solo carril, a 30 kilómetros por hora y que vacía la acera de vehículos para dar prioridad al peatón. La citada Ordenanza entrará en vigor el mismo día en el que aparezca publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Este texto ha salido adelante con los votos a favor de Ahora Madrid y el PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos, que rechazan una norma que en opinión de estos grupos es un "pufo" que condiciona a los Gobiernos venideros.
La nueva ordenanza sustituye a la anterior, de 2005 y modificada en los años 2007, 2010, 2012, 2014, 2015 y 2016. Ya la Corporación anterior, presidida por el PP, pretendía modificarla, como se ha hecho con el nuevo texto para adecuarse a los requerimientos de la calidad del aire y a la nueva tecnología de los vehículos, unido a nuevos modos de moverse, como los Vehículos de Movilidad Personal (VMU), otros propulsados por energías limpias, los coches y motos compartidos, la bicicleta eléctrica pública, la apuesta eléctrica de la EMT, con una flota más ecológica del taxi. Y todo ello, enmarcado en el Plan A de Calidad del Aire, por el que se introduce la obligatoriedad de lucir en los vehículos los distintivos ambientales de la DGT en un plazo de seis meses. Hasta ahora su colocación es voluntaria y se pueden adquirir en las oficias de correos por cinco euros.
También incluye la implantación de Madrid Central, donde la preeminencia la tiene el transporte público y dando nuevas posibilidades al peatón. La delegada de Medio Ambiente del Consistorio, Inés Sabanés, tampoco se ha olvidado de la eclosión de nuevos modos de distribución urbana y entrega domiciliaria asociados al comercio electrónico.
"Llegó el momento de abordar una nueva regulación que incorpore estos elementos" poniendo las bases jurídicas de la actuación municipal. La ordenanza, que se empezó a trabajar en febrero de 2017, llegó a recibir 1.057 alegaciones de personas físicas y organizaciones, de las que se aceptaron algo más del 25%.
Inés Sabanés ha puntualizado que al abordarse cuestiones tan novedosas, regulándolas al mismo tiempo que se van implantando, será necesaria una revisión del texto para ir abriéndose a los nuevos modos de transporte.
Las novedades principales
- Normativa sobre patinetes eléctricos y monopatines: los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU), que amplía las zonas por las que podrán circular los de tipo A y B (plataformas de una o dos ruedas, patinetes con motor eléctrico y 'segways'), incluyendo las calles a 30 kilómetros por hora o menos, que en el borrador estaban autorizadas solo para los vehículos de tipo C (bicicletas con cesta grande, con pasajeros, trixie y bicicletas para distribución urbana de mercancías).
Los patines y patinetes sin motor, incluyendo monopatines, podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de personas, que no exceda de los 5 kilómetros por hora; por aceras bici y sendas ciclables, a una velocidad que no supere los 10 kilómetros por hora. También podrán circular en los parques, por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas, y al ser estas sendas compartidas con el peatón se limita la velocidad a 5 kilómetros por hora. En cualquier caso, los peatones siempre tienen prioridad.
La edad mínima permitida para circular con un VMU será de 15 años. Los menores de esta edad podrán utilizarlos en zonas cerradas al tráfico cuando estén acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores. Los menores de 16 años usuarios de vehículos A y B deberán llevar casco.
- Velocidad en las calles: establece el límite de velocidad en 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido o de carril único, un 85% del total de la ciudad. No obstante, en calles que forman parte de la Red Básica de Transportes podrá mantenerse en 50 km/h. A su vez, en las calles de más de un carril por sentido podrá rebajarse el límite de velocidad a 30 km/h siempre que la seguridad vial así lo aconseje.
Además, se reduce a 20 km/hora la velocidad en las zonas de plataforma única (calles con acera y carretera a la misma altura), a fin de aumentar la seguridad de los peatones, ciclistas y personas que utilicen patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana.
- Bicicletas: como norma general, deberán circular por la calzada -ocupando la parte central del carril y permitiéndose la circulación de dos ciclistas en paralelo cuando no suponga riesgo-, y vías ciclistas. De igual forma, se incluye la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que se señalice y también se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior) y ciclocalles (calzadas con carril bici integrado) y en la red viaria local cuando estén específicamente señalizadas a tal efecto.
Asimismo, se permitirá anclar las bicis, y patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana, a vallas u otros elementos de mobiliario urbano, excepto bancos y marquesinas, siempre que no afecte a la funcionalidad o acceso a los mismos. Tampoco podrán anclarse a elementos vegetales.
- Las motos y los patinetes eléctricos no se podrán aparcar en aceras estrechas. Motos, ciclomotores, bicis y los vehículos de movilidad urbana de los tipos A y B (patinetes eléctricos y segways) tendrán que estacionar en las reservas destinadas a estos vehículos. Si no las hubiera, podrán estacionar en las aceras siempre que dejen más de 3 metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros deberán hacerlo paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de 6 metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo. Para facilitar el aparcamiento, se crearán más plazas, pasando de 1.276 a un total de 2.693.
También tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales, y respetar los espacios peatonales próximos a paradas de autobús o taxi, estaciones de BiciMAD y otras reservas. Y se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones que se habiliten o reformen, seguidos de reservas para motos en calzada.
Cambia la zona SER. Por otra parte, la nueva Ordenanza refleja los cambios de movilidad previstos para el 23 noviembre con la entrada en vigor de Madrid Central, la gran área de prioridad residencial, y el Protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno, recientemente aprobado.
De esta forma, se establece una nueva figura de aparcamiento regulado distinto al SER, por el que los vehículos de los residentes podrán aparcar con libertad, pero como hasta ahora en su barrio. Los invitados de los vecinos podrán aparcar ocasionalmente. Desaparecerá la zona azul y será todo verde.
La nueva APR abarcará un perímetro cercado por las calles Alberto Aguilera, Carranza, Sagasta, Génova, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Ronda de Toledo, Gran Vía de San Francisco, Bailén, Plaza de España, Princesa y Serrano Jover. La puesta en marcha de dicho nuevo sistema implicará además la integración en él de las actuales APR, que desaparecerán como tales.
En cualquier caso, la creación y delimitación de las zonas se realizará a solicitud del pleno del distrito en que se encuentre ubicado y tras los estudios será elevado por la Junta de Gobierno a la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid.