
Millones y millones de personas viven en España en una vivienda en alquiler, una situación habitual pero que tiene como telón de fondo el problema del alto precio de la vivienda en propiedad. Muchos de estos ciudadanos podrían encontrar, al menos, un alivio en la declaración de la Renta, cuya Campaña 2023-2024 comienza en breve.
Las deducciones autonómicas que permite la Agencia Tributaria suponen el principal argumento para conseguir una declaración 'a devolver' y, por lo tanto, una devolución de Hacienda. Y una de las materias en las que se puede obtener un gran resultado es en el alquiler.
Tal y como se recoge en el Manual de Renta 2023 de la Agencia Tributaria, muchas comunidades autónomas permiten a los contribuyentes acogerse a deducciones autonómicas si han vivido de alquiler durante 2023. Es imprescindible, como en cualquier deducción autonómica, acreditar la residencia fiscal en la región correspondiente: esto se hará cuando el ciudadano haya vivido al menos 183 días allí.
La gran mayoría de comunidades autónomas contempla deducciones relacionadas con el alquiler. Son las siguientes que aquí se detallan:
Andalucía
La deducción es del 15% de las cantidades pagadas por alquiler con un límite de 600 euros que sube a 900 euros en el caso de personas con discapacidad. La deducción se concede a menores de 35 años, mayores de 65 años, víctimas de violencia doméstica, víctimas del terrorismo o personas afectadas. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 25.000 euros anuales en tributación individual y los 30.000 euros en tributación conjunta.
Asturias
En esta comunidad la deducción es del 10% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler con un límite de 500 euros y del 20% con un límite de 1.000 euros para contribuyentes de hasta 35 años. Hay requisitos comunes a las dos deducciones: el gasto en alquiler durante el año debe ser superior al 10% de la base imponible y la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 26.000 euros en tributación individual y los 37.000 euros en tributación conjunta.
Los contribuyentes que vivan en concejos con riesgo de despoblación tienen una deducción del 20% con un límite de 1.000 euros y con un límite a la suma de las bases imponibles general y del ahorro de 35.000 euros en tributación individual y de 45.000 euros en tributación conjunta.
Baleares
La deducción es del 15% de las cantidades abonadas en concepto de alquiler con un límite de 530 euros para mayores de 65 años sin actividad laboral o profesional y para menores de 36 años y del 20% y un límite de 650 euros para menores de 30, personas con discapacidad del 33% o más, personas con derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes y familias numerosas, monoparentales con dos hijos.
En todos los casos, la base imponible total no puede superar los 33.000 euros en tributación individual ni los 52.800 euros en conjunta. En familias numerosas o monoparentales esos límites se incrementan hasta los 39.600 euros y los 63.360 euros.
Canarias
La deducción es del 24% de las cantidades satisfechas por alquiler con un límite de 720 euros. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede ser superior a los 22.000 euros en tributación individual ni a los 33.000 euros en conjunta y el contribuyente debe destinar al menos el 10% de la base imponible general al pago del alquiler.
Cantabria
En esta región la deducción es del 10% con un límite de 300 euros en tributación individual y de 600 euros en tributación conjunta. Para poder beneficiarse de la deducción es imprescindible gastar en alquiler más del 10% de la renta anual y tener menos de 35 años, 65 años o más o un grado de discapacidad del 65%. La suma de las bases liquidable general y del ahorro no puede superar los 22.946 euros en tributación individual y los 31.485 euros en tributación conjunta.
Además, Hacienda concede otra deducción para arrendamientos en zonas de reto demográfico: es del 20% de las cantidades pagadas, con un límite de 600 euros en tributación individual y de 1.200 euros en tributación conjunta.
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Castilla-La Mancha
Se concede una deducción del 15% de las cantidades pagadas con un límite de 450 euros (aplicable para familias numerosas, monoparentales y personas de un 65% o más de discapacidad) y del 20% y un máximo de 612 euros en contribuyentes de menos de 36 años que residen en municipios de menos de 2.500 habitantes o de entre 2.500 y 10.000 habitantes si se encuentran a más de 30 kilómetros de un municipio de 50.000 habitantes o más. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 12.500 euros en tributación individual ni los 25.000 en conjunta.
Castilla y León
Hay una deducción para contribuyentes menores de 36 años del 20% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler con un límite de 459 euros, pero si residen en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de 3.000 habitantes a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia la deducción sube al 25% con un límite de 612 euros. En todos los casos el límite a la suma de la base imponible general y la del ahorro menos el mínimo personal y familiar es de 18.900 euros en tributación individual y de 31.500 en tributación conjunta.
Cataluña
La deducción es del 10% de las cantidades pagadas siempre que superen el 10% de los rendimientos anuales. Se concede a contribuyentes de 32 o menos años, en paro durante 183 días, con discapacidad de al menos el 65% o viudos y viudas con 65 años o más. El límite de la deducción es de 300 euros, pero se duplica hasta los 600 euros para familias numerosas. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 20.000 euros en tributación individual ni los 30.000 euros en tributación conjunta.
Aquí tiene toda la información sobre la deducción por alquiler de Cataluña en la Renta 2023-2024.
Extremadura
La deducción en esta comunidad es del 30% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler con un límite de 1.000 euros que llega a 1.500 euros si se trata de alquiler de vivienda habitual en el medio rural. Solo se concede a menores de 36 años, miembros de una familia numerosa o contribuyentes con una discapacidad del 65%. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 28.000 euros en tributación individual ni los 45.000 euros en tributación conjunta.
Galicia
Se concede una deducción del 10% de las cantidades pagadas con un límite de 300 euros por contrato y año que se duplica al 20% con 600 euros de límite en el caso de que el contribuyente tenga dos hijos o más menores de edad y se vuelve a duplicar si el arrendatario tiene un 33% de discapacidad. El contribuyente debe tener 35 años o menos, la fecha del contrato debe ser posterior al 1 de enero de 2003 y la suma de sus bases imponibles debe ser inferior a los 22.000 euros.
Madrid
Aquí la deducción es del 30% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler con un límite de 1.237,20 euros. Solo se concede a contribuyentes menores de 35 años o de menos de 40 si estuvieron en desempleo y con cargas familiares durante 2023. La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 26,414,22 euros en tributación individual y los 37.322,20 euros en tributación conjunta, mientras que la suma de las bases de toda la unidad familiar no puede superar los 61.860 euros.
Aquí tiene toda la información sobre la deducción por alquiler de Madrid en la Renta 2023-2024.
Murcia
La deducción es del 10% de las cantidades no subvencionadas pagadas en concepto de alquiler con un importe máximo de 300 euros. Solo está disponible para menores de 35 años, contribuyentes miembros de una familia numerosa o con una discapacidad de al menos el 65%. La suma de las bases imponibles general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede ser superior a 24.380 euros y, en paralelo, la base imponible del ahorro no puede superar a 1.800 euros.
La Rioja
En esta comunidad la deducción es para menores de 36 años y consiste en el 10% de las cantidades no subvencionadas pagadas en concepto de alquiler con un máximo de 300 euros, subiendo al 20% para residentes de municipios pequeños con un importe máximo de 400 euros. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en tributación individual ni los 30.050 euros en tributación conjunta. Además, la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.
Comunidad Valenciana
La deducción es del 20% con un límite de 800 euros con carácter general, del 25% y un límite de 950 euros en personas de 35 años o menos, con discapacidad física o sensorial del 65% o psíquica del 33% y víctimas de violencia de género y del 30% con un límite de 1.100 euros si se reúnen dos de las tres anteriores condiciones. La suma de la base liquidable general y del ahorro no puede ser superior a 30.000 euros en declaración individual y a 47.000 euros en declaración conjunta.