
La Campaña de la Renta 2023-2024 comienza este mismo miércoles 3 de abril y los millones de contribuyentes españoles obligados a presentar la declaración han de estar al tanto de todo lo necesario para tener el borrador más correcto y favorable para sus intereses posible.
Una vez se está frente a frente con el borrador es clave atender a la ratificación de los datos fiscales, a las deducciones, a la correcta introducción de todos los datos para beneficiarnos de ellas...pero somos humanos y cabe la opción de que nos equivoquemos al hacer la Renta y darnos cuenta una vez ya la hemos presentado.
En esos casos será clave la casilla 107 del borrador de la Renta. Es la que hay que rellenar en los casos en que el contribuyente tiene que realizar una declaración complementaria por errores en la primera declaración que han supuesto un perjuicio económico a Hacienda (una declaración 'a devolver' que debería ser una 'a pagar', una declaración 'a devolver' con una devolución demasiado grande o una 'a pagar' con un importe más bajo de lo que debería).
Lo dice la propia Agencia Tributaria en su página web: una declaración complementaria es obligatoria "si después de presentar la declaración adviertes errores u omisiones que suponen un ingreso mayor del efectuado en la declaración inicial, o una devolución inferior". De lo contrario, el contribuyente podría exponerse a multas y sanciones por parte de Hacienda en posteriores inspecciones.
Cómo hacer una declaración complementaria con la casilla 107 de la Renta
Se puede realizar una declaración complementaria a través de Renta Web, la herramienta con la cual se accede al borrador de la Renta y se pueden presentar las declaraciones a Hacienda por Internet. Para ello, hay que acceder a 'Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)', en este enlace de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Se puede acceder al borrador de tres formas diferentes:
- Con certificado digital (puede conseguirlo en varios sencillos pasos) o DNI electrónico (así puede conseguirlo).
- Con Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente).
- Con el número de referencia, que se obtiene a partir del dato de la casilla 505 de la Renta del año anterior.
Una vez dentro, el contribuyente debe elegir la opción de 'Modificar declaración', dentro del catálogo de 'Servicios disponibles', después clicar en 'Modificar declaración presentada' y elegir la declaración presentada (el sistema muestra las que haya presentado el contribuyente) que se quiere modificar.
Pasos para hacer una declaración complementaria en la Renta
Lo primero que hay que hacer es acudir a la casilla 107 del borrador y rellenarla. Existen dos opciones:
- Se hará clic en la opción superior cuando la declaración complementaria se debe a "una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria".
- Se hará clic en la opción inferior cuando la declaración complementaria se debe a otras razones.
Después de hacer clic en una de las dos opciones Renta Web desplegará al contribuyente un listado de opciones que tienen el objetivo de determinar la causa de la entrega de la declaración complementaria. El contribuyente debe elegir una y cerrar la ventana.
El siguiente paso es obvio: hay que corregir el error o errores que han obligado a realizar esta declaración complementaria. Como en el momento de hacer la declaración por primera vez, el contribuyente puede navegar entre las páginas de Renta Web, usar el buscador (se pueden buscar conceptos y casillas) o bien usar el botón 'Apartados declaración'.
Una vez haya introducido el cambio o cambios necesarios, el contribuyente debe acceder al apartado 'Resumen de declaraciones', en el que podrá comprobar cuál es el cambio en el resultado de la declaración tras la aplicación de esos cambios.
Tras eso, lo último que le queda por hacer al contribuyente es presentar la declaración complementaria. Esto se puede hacer haciendo clic en 'Presentar declaración' y eligiendo posteriormente el método de pago, aunque la Agencia Tributaria explica que las declaraciones complementarias nunca pueden fraccionarse en dos pagos.
Cuando presente la declaración, se proporcionará al contribuyente un código seguro de verificación y un PDF que podrá descargar como justificante de la operación.