El Ingreso Mínimo Vital convive por primera vez con la campaña de la Renta. Los beneficiarios de esta ayuda, que se implantó en nuestro país durante los primeros meses de pandemia y aún está en fase de adaptación y mejora, tienen la obligación de presentar la declaración este año.
Así lo ha advertido la Seguridad Social, que ha recordado que el Real Decreto Ley 20/2020 con el que se aprobó el IMV contemplaba la obligación de presentar la declaración de la Renta para todos los perceptores de la ayuda y los integrantes de su unidad de convivencia, incluidos los menores de edad.
No obstante, para estos supuestos la Seguridad Social recomienda que se proceda a una declaración conjunta, siempre y cuando los progenitores estén casados. Si no es el caso, la alternativa es una declaración conjunta de un progenitor con sus hijos y una individual del otro progenitor.
Aunque la Seguridad Social admite que la gran mayoría de los beneficiarios tienen unos ingresos compatibles con la categoría de exento para presentar la declaración, explica que la obligación de entregar el borrador para los perceptores del IMV es independiente del nivel de ingresos. O lo que es lo mismo, que tendrá que presentar la declaración sin tener que incluir el IMV.
Es por esta razón que, según informa la Agencia Tributaria, en la gran mayoría de supuestos será "muy sencilla", ya que no habrá ingresos que incorporar y la cuota será, simplemente, cero. Una excepción a este caso será cuando el beneficiario del IMV sea también perceptor de más ayudas que, en conjunto, sumen más de 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el Iprem). Aquí el contribuyente tendría que declarar y tributar por este exceso.
La Seguridad Social informa de que los contribuyentes necesitarán el documento nacional de identidad (DNI) y el borrador de la declaración que le facilita la Agencia Tributaria, con toda la información necesaria para volcarlo en Renta Web y presentar la declaración.
En caso de problemas, la Agencia Tributaria ha dispuesto dos teléfonos para pedir cita previa: el 901 12 12 24 para solicitar cita previa telefónica (a partir del 4 de mayo) y el 901 22 33 44 para solicitar cita previa presencial (a partir del 27 de mayo).
