
22.500 accionistas de Banco Popular (7.000 de AEMEC, 2.000 de ADICAE y 13.500 de forma individual) siguen personados en la causa como perjudicados a la espera de que dé comienzo el juicio oral. En cambio, tras la resolución de la entidad en 2017, Banco Santander ofreció a unos 115.000 accionistas clientes del banco un bono de fidelización que, en función de sus inversiones, podía llegar a cubrir hasta el 100% de los importes. De ellos, casi 100.000 decidieron cogerlos, por lo que conllevó un movimiento de casi 1.000 millones de euros por parte de Santander. Estos salieron al mercado en diciembre de ese mismo año con un valor de emisión del 70% de su valor nominal, es decir, 70 euros, de acuerdo con la información del folleto. Desde entonces, se han revalorizado más de un 37%, llegando casi a cubrir su valor nominal. Al elegir este producto, los accionistas renunciaban a ejercer otro tipo de acciones por la vía judicial, por lo que no están incluidos en los 22.500 que siguen personados.
En este sentido, los bonos comenzaron a cotizar en diciembre de 2017 a un precio de 78 euros y el martes cerraron por encima de los 96 euros tras salir al mercado con un valor nominal de un euro. Con un cupón del 1% anual durante los primeros siete años (es decir, hasta diciembre de este 2024), esta revalorización se empieza a acercar a su valor nominal como no lo había hecho nunca antes. Si bien los bonos son perpetuos, Santander comunicó en su momento que la posibilidad de amortizarlos al 100% del nominal una vez que terminasen sus primeros siete años de vida, por lo que el mercado espera que en diciembre de este año se produzca este movimiento.
En el momento en que se ofrecieron estas compensaciones, los requisitos para acogerse a ellas eran haber adquirido acciones de Popular entre el 25 de mayo de 2016 y el 21 de junio de ese mismo año, mantenerlas en ese momento y tenerlas depositadas en cualquiera de las entidades del grupo -Popular, Pastor y Santander-. También se podían acoger a ellas, bonistas de determinadas obligaciones subordinadas de popular que cumpliesen unos determinados requisitos, como haber comprado los bonos en el citado periodo de tiempo.
El importe de compensación variaba en función de la inversión de cada accionista o bonista. En el caso de los accionistas, era el importe efectivamente invertido, es decir, las cuantías que pagaron y que conservaban en el momento de la resolución del banco. En el caso de los clientes de las subordinadas, el dinero invertido menos los intereses que percibieron. En ambos casos, se establecía un máximo porcentual que variaba en función de las cuantías invertidas y que pasaba a ser del 0% cuando se superaba el millón de euros.
Un paso más hacia el juicio
El auto del juez del caso Popular publicado el pasado lunes concluye la fase de instrucción y propone juzgar a Ángel Ron y PwC por estafa en la ampliación de capital de 2016 y falsedad contable. En la lista de personas que se sentarán ante el juez también se encuentran otros doce directivos. Fuera de la lista se quedan el también expresidente de Banco Popular, Emilio Saracho, y otros 20 investigados por falta de indicios.
Respecto a la posible responsabilidad civil del Banco Santander, el juez explica que la parte dispositiva del auto no hace mención a esta posibilidad y que, tal y como sugirió la Sala de lo Penal, será en el momento de dictar el auto de apertura de juicio oral cuando aborde esta cuestión, por lo que hasta entonces se mantiene en suspenso.