Sergio Aguilar Lobato
En los últimos meses, despachos, colegios de abogados y diarios económicos han publicado multitud de referencias y avisos urgentes, señalando un cambio de tendencia en los requisitos que debe reunir la remuneración percibida por los consejeros ejecutivos de las compañías no cotizadas. El origen de dichos anuncios data de la STS de 26 de febrero de 2018, un pronunciamiento cuyo impacto en los estatutos de miles de sociedades amenaza con ser sensible. Y, quizás por ello, dichas compañías deban ponerse al día en lo que atañe a la remuneración de sus consejeros ejecutivos.