Abogado laboralista
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La jubilación activa es un mirlo blanco. Un espécimen que raramente se avista en las relaciones de trabajo. Una figura real en la teoría pero cuya práctica pone en tela de juicio su existencia efectiva. En España, de los 4.412.931 de trabajadores en situación de jubilación en el Régimen General, solo 5.777 son jubilados activos, es decir, el 0'13%, y es que, a pesar de los esfuerzos del Legislativo por instaurar esta modalidad de retiro, el sistema parece no haber cuajado en nuestra realidad laboral.

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Reza el Preámbulo de la recientemente refundida Ley Concursal que el concurso de acreedores se "reivindica como una herramienta fundamental para la conservación del tejido empresarial y empleo". Con esta pretensión, el legislador aspira a configurar el procedimiento concursal como un mecanismo tendente a garantizar no solo la supervivencia de la empresa, sino también la de los vínculos laborales a ella anejos. A pesar de ello, lo cierto es que el concurso de acreedores sigue siendo una figura que genera incertidumbre en torno a las consecuencias laborales que de su declaración se derivan.

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