El Tribunal Supremo (TS) aclarará cuándo la Administración puede dar por sentado que una persona física ha dado su consentimiento para recibir notificaciones por vía electrónica. Cabe recordar que solo las empresas, los autónomos y aquellos contribuyentes con un elevado nivel de recursos económicos están obligados a comunicarse con la Administración por vía digital, es decir, podrán recibir notificaciones electrónicas, mientras las personas físicas quedan fuera.