Opinión
El día 13 de mayo de 2024 comenzó a funcionar en España un sistema registral exclusivamente electrónico. La ley 11/2023, de 8 de mayo, había concedido un año de vacatio legis con el fin de que los registradores pudieran preparar la infraestructura tecnológica necesaria para que toda la fe pública del sistema registral español pasara de fundamentarse en los libros físicos que desde 1861 se conservaban en las oficinas registrales, a sustentarse en libros exclusivamente electrónicos.