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¿Por qué no puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

Foto: EP.

La oposición a la amnistía que el PSOE ha acordado con ERC y Junts para la investidura de Pedro Sánchez ha generado una ola de protestas por toda España que cristalizó este pasado fin de semana en una manifestación en Madrid en la que Alberto Núñez Feijóo emplazó a Pedro Sánchez a celebrar unas nuevas elecciones para respetar la voluntad de los ciudadanos.

"No nos callaremos hasta hablar en unas elecciones y que todos podamos otra vez votar porque lo que se está haciendo es lo contrario de lo que hemos votado", aseveró Feijóo en el mitin celebrado en la Puerta del Sol madrileña, en la que señaló el temor de Pedro Sánchez a celebrar elecciones generales: "¿Por qué le tienen medio a las urnas?".

Este mensaje, dirigido al líder del PSOE, se trata de un cebo en el que Sánchez no tiene previsto picar, dado que ha conseguido el apoyo de 179 diputados (los de su partido, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV, BNG y Coalición Canaria), tres más de los que necesita para salir elegido presidente del Gobierno en el debate de investidura. Pero, además, no puede hacerlo porque la ley no le permite convocar elecciones.

Por qué Sánchez no puede convocar elecciones

Todo se debe a la situación en la que se encuentra actualmente la política española, con un Gobierno en funciones tras la celebración de unas elecciones generales convocadas de forma anticipada por el propio Pedro Sánchez, en un lejano final de mayo y tras los malos resultados cosechados por el PSOE en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de ese mes.

La clave está en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, que en su artículo 21.4 a) (puede consultarlo en este enlace del Boletín Oficial del Estado) establece que un presidente del Gobierno en funciones no puede "proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales".

De hecho, en este periodo solo el monarca puede disolver las Cortes para convocar elecciones, y esto sucederá cuando ninguno de los candidatos a la presidencia de Gobierno (o todos los que se hayan presentado en los dos meses posteriores a la celebración de la primera investidura fallida) logre la investidura, un extremo que no debería producirse en el caso de Sánchez, que salvo sorpresa tendrá esos 179 diputados que le garantizan la presidencia del Gobierno.

Sánchez, precisamente, ha tenido la oportunidad de intentar su investidura como presidente porque la primera, la de Alberto Núñez Feijóo, no prosperó al no contar con la mayoría absoluta de los diputados en la primera votación ni con la mayoría simple en la segunda. Los votos del PP, Vox, UPN y Coalición Canaria, 172, no fueron suficientes en ambos casos. El líder del PP fue propuesto por el Rey para la investidura al ser el candidato más votado en las elecciones del 23-J, y tras su fracaso en el Congreso, pasó al segundo (Pedro Sánchez).

Por qué Sánchez no puede convocar elecciones aunque consiga la investidura

Pero, incluso en el caso de que Sánchez lograse su investidura como presidente del Gobierno y quisiera someter al escrutinio de la ciudadanía su decisión de la ley de amnistía, estaría de nuevo limitado por la ley y no podría hacerlo en este momento.

En este caso, es la Constitución la que marca el límite. Su artículo 115.3 (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) afirma que "no procederá nueva disolución" de las Cortes, es decir, nuevas elecciones, "antes de que transcurra un año desde la anterior".

La disolución tuvo lugar el pasado 29 de mayo y se ratificó con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo (se puede leer en este enlace). Por lo tanto, Pedro Sánchez no podría disolver las Cortes para posteriormente convocar nuevas elecciones hasta el 29 de mayo de 2024.

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