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Se aprueba el cheque-comida de 200 euros: esta es la fecha y los requisitos para solicitarlo

  • La medida entra en el tercer plan del Gobierno para mitigar los efectos de la inflación
Foto: Dreamstime.

La subida de los alimentos se mantiene en niveles récord del 15,3%. En este año 2022, un hogar medio afronta un sobrecoste anual de 830 euros solo en alimentación, según lo deja ver un estudio publicado a mediados de mes de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Por esta razón, como medida de protección de los consumidores y para proteger a los colectivos más vulnerables, el Gobierno de España, ha aprobado este martes en el Consejo de ministros un tercer plan de crisis para mitigar los efectos de la inflación, el cual prorroga algunas de las medidas que terminaban este 31 de diciembre, y también establece otras nuevas, como o el fin del IVA de los alimentos de primera necesidad o el cheque-comida.

Como parte de la batería de medidas, con el fin de aliviar la subida de los alimentos, se acordó el cheque-comida, un bono de ayuda que podrá beneficiar a más de 4 millones de españoles que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.

Requisitos para acceder a la ayuda

Según se puede ver en el Real Decreto-Ley 20/2022, serán beneficiarios de una ayuda, en pago único, de 200 euros de cuantía, las personas físicas que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.

Las familias que tendrán derecho al cheque deberán haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000,00 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000,00 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.

La ayuda del Gobierno determina que no tendrán acceso a estas ayudas quienes, a 31 de diciembre de 2022, cobren el ingreso mínimo vital (IMV), o los que perciban pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. 

El bono tampoco será asignado a aquellos que perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social. 

Fecha para pedir la ayuda

La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a disposición por la misma desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023 en el que, necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.

Transferencia bancaria y notificaciones

La ayuda de los 200 euros se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.

Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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