
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido este jueves sancionar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con 500 euros de multa por su entrevista con contenido "electoralista" desde Moncloa en la campaña del 10-N. El también líder socialista se enfrentaba a una multa máxima de 3.000 euros. El órgano también ha decidido castigar a la ministra de Educación, Isabel Celaá, con 2.200 euros de multa por sus declaraciones también de corte electoralista como portavoz del Ejecutivo desde la rueda de prensa del Consejo de Ministros antes de los comicios.
En su escrito, la JEC mantiene que Sánchez "incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por la realización y difusión de la entrevista de referencia, aprovechando los medios públicos de que disponía, en su condición de Presidente del Gobierno en funciones, provocando el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral, en aplicación del art. 50.2 de la LOREG, y la consiguiente merma del principio de igualdad de armas entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones, que dimana del artículo 8.1 de la citada ley electoral".
Con todo, como ha pasado en la reciente inhabilitación del presidente catalán, Quim Torra, la JEC se ha 'partido'. Seis de los vocales -Ana Ferrer García, Antonio Vicente Sempere Navarro, José Luis Seoane Spiegelberg, Inés Olaizola Nogales, Consuelo Ramón Chornet y Juan Montabes Pereira- eran partidarios de archivar el expediente y así lo han hecho constar en un voto particular que se conocerá en breve.
Fue el pasado 30 de octubre cuando la JEC decidió abrir expediente sancionador contra Sánchez por su entrevista del día 25 del mismo mes en el programa Al Rojo Vivo de laSexta. Aunque Moncloa presentó alegaciones, finalmente ha habido sanción. El órgano, que atendía una denuncia previa del PP, ponía énfasis en tres enunciados de Sánchez en dicha emisión: pedía "una mayoría parlamentaria amplia" a los votantes, decía a sus potenciales electores que "es muy importante movilizarnos" y reclamaba a los españoles "un Gobierno fuerte".
Explicaba la JEC en ese momento que la vulneración no se producía tanto "por haberse efectuado la referida entrevista en una de las salas del Palacio de la Moncloa", sino porque "el examen de la entrevista pone de relieve que la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elementos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes en las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas". Además, la JEC incidía en que Presidencia del Gobierno colgó en la web oficial de Moncloa una transcripción de la entrevista.
En el caso de Celaá, sobre la que recae una sanción considerablemente mayor que la de Sánchez, también se vulneró, a criterio de la JEC, el día 25 de octubre el 50.2 de la LOREG al reivindicar logros en Empleo como "la tasa (de paro) más baja de la última década, una ocupación de casi 20 millones de personas" y que "nunca ha habido tantas personas en el mercado laboral", además de afirmar que "vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el gobierno fuerte que se merece, un gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita".