El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a un año y medio de inhabilitación especial para cargo público electo local, autonómico, estatal y europeo por un delito de desobediencia a la autoridad al no retirar la pancarta por la libertad de los presos y el lazo amarillo de la fachada del Palau de la Generalitat pese a la orden de la Junta Electoral Central (JEC).
Tras conocer el fallo, Torra ha pedido a los grupos que le ratifiquen en el cargo con una votación en el Parlament: "A mí no me inhabilita ningún tribunal". El president de la Generalitat ha anunciado que recurrirá la decisión al Tribunal Supremo.
Lo ha dicho en una declaración institucional en el Palau de la Generalitat frente a los consellers del Govern. Torra considera "necesario" que el Parlament reafirme su figura al frente de la Generalitat y fuentes de Presidencia han concretado a Europa Press que se descarta que la fórmula de esa votación sea una cuestión de confianza, por lo que Torra pedirá a los grupos que impulsen una iniciativa para ello.
Según la sentencia, que también le condena a una multa de 30.000 euros, Torra "no sólo no ordenó la retirada en las fachadas de los edificios dependientes de la Generalitat de los lazos amarillos y de las banderas 'esteladas' en el plazo establecido, sino que llegó a decidir (o consentir), en algunos casos, su sustitución por otros lazos, blancos y cruzados por una raya roja. No cabe duda, pues, de que, además de desatender el mandato de la Junta Electoral Central, asistimos a una voluntad consciente y a una disposición anímica inequívoca de contravención".
El tribunal le inhabilita para cargos públicos electivos de ámbito local, autonómico, estatal y europeo, y para el ejercicio de funciones de gobierno "pues del ejercicio de ese mismo tipo de responsabilidades públicas electivas y gubernativas se sirvió el acusado para la comisión del delito". Además, la multa de 30.000 euros la establece teniendo en cuenta que su actuación fue en ejercicio del cargo de presidente de la Generalitat y "la recalcitrante y reiterada actitud desobediente, y su conducta persistente en el incumplimiento de lo ordenado sucesivamente" por la JEC.
El TSJC también valora "el alarde público del hecho desobediente" y argumenta que el valor económico de la sanción se ha fijado atendiendo a la cualificación profesional de Torra y también a su retribución pública como presidente catalán, de 153.235,50 euros para la anualidad de 2019.
— TSJCat (@tsj_cat) December 19, 2019
Torra, que podrá presentar recurso contra el fallo, fue juzgado el 18 de noviembre por tres magistrados del TSJC por un delito de desobediencia a la JEC, que había dictado la retirada de símbolos en periodo electoral para mantener la neutralidad.
Durante el juicio, Torra, que es el primer presidente catalán juzgado en ejercicio, reconoció haber desobedecido: "Sí, Desobedecí. Era imposible cumplir una orden ilegal, todos los miembros de esta sala lo saben que ésta era una orden ilegal dictada por un órgano que no tenía competencia para hacerlo", dijo ante el juez.