Normas Tramitación

El comprador de vivienda para aumentar el parque público de alquiler recibirá subvención de hasta el 60% de la adquisición

  • La promoción inmobiliaria para alquiler será subvencionada con hasta 47.250 euros por vivienda si la limitan a 7,5 euros por metro cuadrado útil
  • CCAA y Ayuntamientos podrán arrendar viviendas cedidas por Sareb
Foto: Istock

Los adquirientes de viviendas para incrementar el parque público de vivienda destinada al alquiler o cesión en uso podrán obtener una subvención de hasta el 60% del precio o coste de adquisición incluidos impuestos, tasas, tributos, gastos de notaría y registro y cualquier otro gasto inherente a la adquisición.

Además, esta subvención será compatible con cualquier otra subvención concedida por otras Administraciones Públicas para el mismo objeto.

Así, se establece en el proyecto de Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha colgado en su página web en el marco del proceso de participación pública en esta materia.

También, se subvencionará la promoción inmobiliaria destinada a alquiler con hasta 47.250 euros por vivienda con el objetivo de que los precios de las rentas se limiten a 7,5 euros por metro cuadrado útil.

Diversidad de planes subvencionados

Siempre que cumplan los requisitos que se exigen para cada uno de ellos y dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes, se aportarán subvenciones para la ayuda al alquiler de vivienda; a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables; a los arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida; y para los jóvenes y para contribuir al reto demográfico.

También, lo serán los acogidos al programa de incremento del parque público de viviendas; y a los de fomento del parque privado de vivienda en alquiler asequible y al de alojamientos temporales, de modelos 'cohousing', de viviendas intergeneracionales y modalidades similares; de puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas para su alquiler como vivienda asequible o social.

Y, finalmente, los de mejora de la accesibilidad a las viviendas; el de ayuda a la erradicación del chabolismo y la infravivienda y, finalmente, el de puesta a disposición de viviendas de la SAREB para su alquiler como vivienda asequible o social. Los precios de la vivienda de la SAREB se situarán entre 150 y 350 euros al mes.

Las viviendas financiadas con cargo a este programa solo podrán ser arrendadas a personas cuyos ingresos, incluyendo los de todas las personas que constituyan la unidad de convivencia, no superen tres veces el Iprem en el momento de la suscripción del arrendamiento.

Las aportaciones previstas en el presente Plan Estatal se destinan al mantenimiento de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos concedidas al amparo de planes estatales de vivienda anteriores y a la concesión de nuevas subvenciones; para facilitar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con dificultades económicas.

En la misma línea, para ayudar a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables; para fomentar la puesta a disposición de las administraciones públicas de viviendas libres de la SAREB o de gestores privados de vivienda en alquiler para su alquiler asequible o social; así como para el fomento de la promoción y rehabilitación de edificios de viviendas que vayan a ser destinadas al alquiler asequible.

Las citadas aportaciones se destinan también a la concesión de nuevas subvenciones para ayudar a los jóvenes, con escasos recursos económicos, en su acceso a la vivienda, ya sea en alquiler o mediante adquisición en determinados supuestos vinculados al reto demográfico y a la recuperación de municipios o núcleos de población de pequeño tamaño.

Vivienda de alquiler asequible

Según recoge el plan, el Ejecutivo tiene previsto poner en marcha un programa de fomento del parque privado de vivienda en alquiler asequible. Se podrán adherir a él las promociones de viviendas de nueva construcción o de viviendas procedentes de la rehabilitación de edificios que se vayan a ceder en uso o destinar a arrendamiento durante un plazo mínimo de 15 años.

Los promotores podrán obtener una subvención de hasta 450 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda. En todo caso, la cuantía máxima de la ayuda no podrá superar el 50% de la inversión ni ser superior a los 47.250 euros por vivienda. Además, esta subvención es compatible con cualquiera otra concedida por otras administraciones públicas.

A cambio, los promotores tendrán que fijar el precio del alquiler o de la cesión en uso a un máximo de 7,5 euros por metro cuadrado, por lo que por un piso de 80 metros cuadrados podrían pedir una renta máxima de 600 euros mensuales. A esta cifra se podrá sumar un 60% del precio por metro cuadrado fijado por cada metro cuadrado de superficie útil de plaza de garaje, trastero o de cualquier otra superficie anexa que no sean elementos comunes.

Ese precio quedará fijado durante un año. En los años siguientes se revalorizará conforme al IPC. Además, el arrendador podrá sumar a la renta fijada el coste real de los servicios que disfrute el inquilino y se satisfagan por el arrendador.

l Plan también contempla un incremento del parque público de viviendas mediante compra de inmuebles. Las administraciones que utilicen los fondos del plan para comprar vivienda tendrán que destinarla a alquiler social durante al menos 50 años y el Ministerio sufragará mediante una subvención el 60% del precio de la vivienda, incluyendo impuestos, tasas, tributos, gastos de notaría y registro y cualquier otro coste asociado.

Estas viviendas serán más económicas y estarán limitadas a un precio máximo de 5 euros por metro cuadrado, por lo que un piso de 80 metros cuadrados tendrá un alquiler de 400 euros. Al igual que en el plan anterior, se le sumará el 60% de otros espacios y la renta final se revalorizará cada año con el IPC.

'Cohousing' y nuevas formas de vivienda

En tercer lugar, el Ministerio también ha propuesto un programa de "fomento de alojamientos temporales, de modelos de cohousing. Los promotores de este tipo de viviendas tendrán que destinarlas a alquiler durante 20 años. El Gobierno les podrá conceder una subvención por superficie útil tanto del alojamiento como de espacios comunes de hasta 420 euros por metro cuadrado. En total, la ayuda no podrá superar el 50% de la inversión, con un límite máximo de 50.400 euros por alojamiento.

Esta modalidad de vivienda es la que tiene un precio más elevado, ya que el Ministerio aceptará alquileres máximos de 10 euros por metro cuadrado de superficie útil. Al igual que las demás, se revalorizará con el IPC cada año.

En último lugar, el plan también contempla un programa de subvenciones para los arrendadores privados que decidan poner sus viviendas a disposición de las administraciones públicas.

En este caso, la cesión tendrá que ser por un mínimo de 7 años y el alquiler máximo será de 400 euros al mes. Este precio se ajustará anualmente de acuerdo al IPC. A cambio, los propietarios recibirán una ayuda equivalente a la mitad de la diferencia entre el alquiler social que determine la comunidad autónoma y el alquiler medio de la sección censar establecido por el Sistema Estatal de Índices de Precios del Alquiler.

Además, en casos de que se necesite obras de rehabilitación o adecuación, el Ministerio sufragará con hasta 4.000 euros dichas actuaciones, sin que el total pueda superar el 75% del total del presupuesto.

Dicho Plan tiene por objeto el incremento del parque de vivienda en alquiler social o asequible para colectivos con ingresos reducidos.

A partir de este momento se abre el procedimiento de información pública en el que podrán aportarse observaciones con el objeto de enriquecer y conformar el texto definitivo para culminar su tramitación administrativa y aprobación final.

El Plan mantiene las ayudas específicas para contribuir a la accesibilidad en las viviendas, y regula un nuevo programa de ayuda a la erradicación del chabolismo y la infravivienda, siendo complementario del futuro Real Decreto por el que se regularán los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que también se acaba de someter a trámite de información pública en la página web del Ministerio.

Arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en este programa las personas físicas mayores de edad que sean titulaes, en calidad de arrendatarios, de un contrato de arrendamiento de vivienda. Además, la vivienda arrendada deberá constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.Y la vivienda constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.

Por otra parte, los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento sean iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este umbral será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad y de cinco veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas especiales o con personas con discapacidad.

Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 100% de la renta arrendaticia mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente. Con el límite establecido en el párrafo anterior el importe de la ayuda será determinado por los servicios sociales de la comunidad autónoma, ciudad de Ceuta y Melilla o entidad local correspondiente.

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Comentarios 4

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eao
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¿Permite que la vivienda este en el extranjero? Es condición obligada para la supervivencia, sino para nicho en cementerio ya me llega.

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#1
Nicaso
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No lo leí entero pero con ayudas a la demanda nada se consigue sino es mantener o subir precios, vamos las mismas recetas de siempre. Libre mercado para subir y ayuditas para mantenerse. Un país como España con un problema crónico de vivienda por emplear ésta como una inversión y un negocio y no como una solución habitacional.

Puntuación 6
#2
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Ayudas a los especuladores inmobiliarios para que sigan explotando a sus inquilinos o posible compradores a precios de lujo.

Esta medida es una vergüenza.. Todo el dinero lo tiene que invertir el estado en construir nueva vivienda de VPO

Puntuación 5
#3
planmuyvendedorgil
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nunca inviertan una gran inversion hasta residir unos cuantos años para conocer si vale o no la pena.

Puntuación 0
#4