La Comunidad de Madrid ha entrado en una nueva fase de pelea contra el pico de contagios por coronavirus con la entrada en vigor de una serie de medidas a nivel global y específico que afectan a la movilidad, reuniones sociales, comercios, hostelería o deporte...y que, al menos, estarán vigentes durante las dos próximas semanas. Coronavirus, última hora, en directo.
¿Qué se puede hacer en toda la Comunidad de Madrid?
Existen ciertas directrices que afectan a todo el territorio madrileño, al margen de las 37 zonas sanitarias señaladas. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) recoge que las reuniones y actividades sociales se limitarán a seis personas, salvo que sean convivientes, y tanto en espacios abiertos como cerrados.
Para la hostelería, el aforo máximo permitido en el interior de los establecimientos es del 75% en mesas y del 50% en la barra respetando siempre una distancia de seguridad de 1,5 entre mesas o agrupaciones de mesas, que solo podrán tener esa cantidad máxima de seis personas. Las terrazas tendrán un aforo del 100% si se respeta esa distancia de seguridad y ese límite de personas.
En cuanto al deporte, la Comunidad se adhiere al protocolo del Consejo Superior de Deportes para la vuelta de competiciones de ámbito estatal y no profesional, que incluye medidas de higiene, distanciamiento, directrices para los entrenamientos, obligatoriedad de mascarillas y otros aspectos.
¿Qué se puede hacer y qué no en las 37 zonas sanitarias confinadas?
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid también recoge las "medidas adicionales específicas de contención y prevención" para las 37 áreas sanitarias que el Gobierno regional calificó como las más preocupantes. Todas las decisiones tienen un periodo de vigencia de al menos dos semanas y se aplicarán a "todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público" dentro de las zonas delimitadas.
Habrá restricciones de movimiento: se prohíbe la entrada y salida de los habitantes de estas zonas, salvo en diferentes excepciones. Entre ellas: acudir al lugar de trabajo, a clase, a realizar exámenes, a centros de salud, a cumplir con obligaciones legales o empresariales, a entidades legales o financieras, a renovar permisos, documentación oficial o atender compromisos en organismos públicos, a atender o realizar cuidados de personas mayores, discapacitadas, vulnerables o dependientes, así como el retorno al lugar de residencia o movimientos por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Para todos estos casos, la Comunidad de Madrid ha lanzado un "modelo orientativo" de justificante que los ciudadanos tendrán que portar debidamente rellenado.
La @ComunidadMadrid elabora un modelo orientativo de certificado para justificar la entrada y salida de las zonas afectadas por la Orden que entra en vigor el próximo lunes, por razones laborales o profesionales.
— SaludMadrid (@SaludMadrid) September 20, 2020
Puedes descargarlo ????https://t.co/vCYizDB3dZ#CoronavirusMadrid
La Comunidad ya ha informado de que realizará controles aleatorios en estas 37 zonas para que se cumplan las medidas y que desplegará a 200 policías locales que durante las primeras 48 horas harán advertencias informativas y, tras ellas, podrán ejecutar sanciones en caso de incumplimiento.
Además, Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad, va a pedir a Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, que complemente estas medidas con el apoyo del Ejército para cuestiones sanitarias.
La hostelería ve limitado el aforo de sus establecimientos al 50% tanto en interior como en exterior, y se prohíbe la ocupación de las barras. El horario de cierre será a las 22 horas, salvo en casos de reparto a domicilio. Las mesas o agrupaciones de mesas serán de un máximo de seis personas. Las restricciones de aforo y horario también se aplican a casas de apuestas y locales de juego.
Todos los establecimientos comerciales y de atención al público ven reducido su aforo al 50% y su horario de cierre máximo será a las 22 horas. Quedan fuera de estas limitaciones los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales. Academias, autoescuelas y otros centros de formación también tendrán un aforo máximo del 50% con grupos de seis personas.
El deporte se podrá practicar en instalaciones deportivas al aire libre o en interiores siempre que no se supere el 50% del aforo máximo y que los grupos de prcticantes no superen ese límite de seis personas. Además, se cierran los parques y jardines públicos y los parques infantiles.
El aforo máximo para lugares de culto será de un tercio de su capacidad y el número máximo de personas en velatorios será de 15 personas al aire libre y de 10 en espacios cerrados. La comitiva se restringe a 15 personas.