
Tras más de ocho años, una sentencia del Tribunal de Casación de Italia ha concluido un proceso judicial que comenzó en una planta automotriz donde un trabajador se orinó encima después de que se le prohibiera ir al baño.
Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2017. El empleado sufrió una vejación en su puesto de trabajo porque no le permitían ir al servicio durante su turno. Tras varios años, finalmente se le han reconocido sus derechos. De hecho, los sindicatos tachaban este caso como un precedente en la lucha por la dignidad laboral.
Le prohibieron ir al baño y se orinó encima
Todo comenzó en la planta de Atessa, en Abruzzo, cuando un operario pidió permiso para ir al baño y se lo denegaron. Sin poder ausentarse, acabó orinándose encima y la empresa tampoco le permitió cambiarse de ropa.
Sus compañeros, consternados, provocaron una huelga convocada por el sindicato USB (Unione Sindacale di Base) en defensa de condiciones mínimas de dignidad.
El trabajador demandó a la empresa por trato humillante y vulneración de su integridad moral. En primera instancia, el Tribunal de Lanciano le dio la razón, invocando el artículo 2087 del Código Civil italiano, que obliga al empleador a garantizar la integridad física y moral del empleado.
La compañía automovilística apeló ante el Tribunal de L'Aquila, que volvió a fallar a favor del trabajador. Su último recurso ante el Tribunal de Casación fue rechazado, confirmando de forma definitiva la condena.
La sentencia obliga a la empresa a cubrir los costes judiciales y a pagar una indemnización, de la que no se ha hecho pública la cifra, aunque se habla de un importe elevado.
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