
La industria de inversión afronta uno de los períodos más decisivos de los últimos años, ya que puede marcar un antes y un después en la comercialización de los fondos y el asesoramiento de los partícipes, si finalmente se prohíben las retrocesiones. Cuando un inversor paga la comisión de gestión de un fondo, en muchas ocasiones desconoce que parte de esa tasa se cede al distribuidor del producto, en la mayoría de los casos su entidad financiera o banca privada, que a cambio de que se comercialicen sus vehículos está dispuesto a ceder un porcentaje de dicha comisión, sobre todo en países como España, donde el asesoramiento financiero independiente todavía no está extendido y la banca domina las redes de distribución de los fondos.
Lo que probablemente tampoco sepa el inversor es que el porcentaje medio de lo que se conocen como retrocesiones puede alcanzar una horquilla entre el 0,6% y el 0,7%, en función de la tipología del producto. En los fondos de renta variable, se sitúa en el 0,69% mientras que en los de renta fija se sitúa en el 0,51%. En los fondos monetarios, la retrocesión media baja hasta el 0,38%, y en los fondos mixtos de renta fija, se encuentra en el 0,49%. En los mixtos de bolsa, sube al 0,68% y en los globales se dispara hasta el 0,8% de media, según un análisis realizado por elEconomista.es de una amplia representación de los fondos internacionales disponibles para la venta en España. Hay que tener en cuenta que de los 25.743 fondos internacionales disponibles a la venta para el inversor en España, 13.578 productos cuentan con alguna clase con retrocesión.
Si se comparan las retrocesiones de fondos de una misma categoría pero de distintas gestoras se puede comprobar que en ocasiones el porcentaje que pagan al distribuidor es similar, pero en algunos productos puede marcar la diferencia del coste total que soporta el inversor. E incluso puede variar algunas decenas de puntos básicos en función del distribuidor.
En las carteras de gestión discrecional, que se han popularizado en los últimos años hasta el punto de representar el 65% de la distribución de fondos en España, tanto de gestoras nacionales (de propio grupo financiero) como internacionales, no están permitidas las retrocesiones y solo se pueden utilizar lo que se denomina precisamente clases limpias. Pero bajo el paraguas del asesoramiento no independiente, que ha sido la figura a la que se ha acogido una gran parte del sector, sí que se pueden emplear, siempre que el cliente conozca lo que está pagando.
En este sentido, las retrocesiones se han convertido en una de las herramientas que los agentes financieros, asociados normalmente a un grupo financiero, utilizan a la hora de realizar recomendaciones de inversión, y no es raro incluso que las repercutan a sus clientes para dotar de mayor transparencia a su servicio.
Pero el año pasado el tema de las retrocesiones volvió al debate público cuando se conoció la intención de varios parlamentarios europeos de prohibirlas totalmente en la aprobación de la Retail Investment Strategy (RIS), una iniciativa que persigue dotar de más transparencia al coste de los productos financieros. La comisaria de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales, Mairead McGuinness, echó más leña al fuego al asegurar en enero que "en el modelo basado en retrocesiones a menudo se vende a los inversores minoristas productos que son más costosos que otras alternativas más baratas disponibles en el mercado".
En principio estaba previsto que la próxima semana se aprobase la RIS, pero se ha aplazado hasta finales de mayo, en un movimiento que diversas fuentes del sector interpretan como un intento de ajustar las pretensiones de McGuinness a la realidad del sector, donde el asesoramiento independiente todavía no está extendido de forma mayoritaria no solo en países como España o Italia, sino que tampoco lo está en Alemania. El horizonte de elecciones al Parlamento Europeo el próximo año y la posible reacción de los consumidores del norte de Europa justificarían esta posible relajación.
Josep Soler, consejero de Efpa Europa y delegado de Efpa España, explica que prohibir las retrocesiones podría crear efectos perversos, como dejar sin servicio a numerosos inversores, al igual que ocurrió en Reino Unido y Países Bajos cuando se vetó esta clase de pagos, puesto que "en un mundo ideal los clientes pagarían por recibir asesoramiento, pero hoy en día no están dispuestos a hacerlo porque se han acostumbrado a recibirlo gratis".
Desde la CNMV, insisten en que la opción que finalmente se adopte en Europa, tanto la prohibición como un modelo híbrido (que podría ser segmentar a los inversores por su volumen patrimonial o aumentar aún más la transparencia de los costes de los fondos) debe aplicarse igual en todos los países y a todos los productos financieros.
Fernando Ibáñez, presidente de la Asociación Española de Empresas de Asesoramiento Financiero (Aseafi), asegura que "pasar de un modelo en el que se acuerda de manera tácita a otro más directo es algo que a los clientes españoles les va a costar, y no queremos que se vean confusos y perjudicados por esta medida". Y considera que "lo importante es que esto no afecte a la desaparición de las eafs, porque normalmente hablamos de entidades de un tamaño pequeño y con muchos costes de regulación".
Para Ion Zulueta, director de Análisis de iCapital, "lo ideal es que el cliente de gestión y asesoramiento patrimonial se acostumbre a realizar un pago explícito por el servicio que se le presta. Es un modelo de cobro más limpio en el que se minimizan los conflictos de interés". Y subraya que "mal haría una entidad de asesoramiento o un asesor particular si recomendara la inversión en productos tentado por sus mayores retrocesiones, y no en los méritos de la estrategia y la calidad del equipo gestor".