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La CNMV también vigilará la venta de fondos internacionales de deuda con objetivo de rentabilidad

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) va a incluir a los fondos de renta fija de gestoras internacionales que sigan estrategias con objetivo de rentabilidad, no garantizada, o con estructura de vencimiento en una fecha determinada, denominados habitualmente productos de buy and hold, bajo la lupa del supervisor para que cumplan los mismos requisitos de información que el regulador va a exigir a los fondos españoles.

El auge de este tipo de fondos desde que los bancos centrales comenzaron la subida de tipos de interés para atajar la inflación, aprovechando el fuerte repunte de la rentabilidad de los bonos soberanos, provocó una migración de ahorradores hacia estos vehículos de sesgo conservador, muchos de los cuales se han convertido en auténticos superventas de las entidades financieras, hasta el punto de que entre los diez fondos más vendidos en Europa durante el primer trimestre figuran dos de CaixaBank, CaixaBank Deuda Pública 2024, con 2.068 millones de euros de suscripciones netas, y CaixaBank Deuda Pública 2025 (1.669 millones), y uno de BBVA, el BBVA Bonos 2024 II, con 1.524 millones de flujos netos.

Según datos del propio regulador, en 2022 se registraron 32 fondos de inversión con estrategias de comprar y mantener y 41 con objetivo concreto de rentabilidad. Y esta tendencia se mantiene este año, con 21 fondos de buy and hold y 18 de rentabilidad objetivo.

A la vista del ímpetu comercial de las entidades, la CNMV ha aprobado una guía técnica sobre refuerzo de la transparencia de las instituciones de inversión colectiva que siguen estas estrategias, que serán de obligado cumplimiento también para las gestoras internacionales que distribuyan esta clase de productos en España.

Entre las obligaciones de las firmas implicadas se encuentra que tanto el folleto como el documento de datos fundamentales (DFI) aparezca una estimación razonable de la TAE neta, descontando las comisiones y gastos imputables al fondo, que obtendrá el partícipe a vencimiento, cuando se pueda obtener esa estimación. En caso contrario, la gestora deberá acreditar, en el proceso de registro del folleto del fondo, "la técnica de construcción de la cartera y el mejor interés para el partícipe".

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