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El 27% de los fondos ESG españoles, en el 'foco' del regulador europeo

  • La Esma pone la lupa en los productos que se llamen "ESG" o "Sostenibles"
Imagen: iStock.

Las gestoras españolas han clasificado 285 fondos de inversión como 'artículo 8', es decir, consideran que "promueven características ambientales y/o sociales", según el Reglamento de Divulgación de la Comisión Europea. Estos productos, también conocidos como verde claro en la industria, son de inversión ESG, lo que quiere decir que aplican los criterios ambientales, sociales o de buen gobierno. Pero son menos exigentes que los 'artículo 9' (o verde oscuro), que tienen un objetivo de sostenibilidad concreto y medible. Visite el portal especializado elEconomista Inversión sostenible y ESG.

De esos 285 fondos verde claro españoles, un 27% (77 productos) incluyen en sus denominaciones términos como sostenibilidad, sostenible, ESG, cambio climático, verde, o expresiones de tipo social, como educación o salud. Y sobre este tipo de nombres ha puesto la lupa la Esma, la Autoridad Europea de Valores y Mercados, que tiene abierta una consulta hasta el 20 de febrero sobre los requisitos que deben cumplir los fondos domiciliados en la UE que incorporen en sus denominaciones palabras como éstas. Su objetivo es evitar el greenwashing: que no se llamen verdes o ESG productos que no lo son.  

Criterios mínimos

Esma estima que el 9,2% de los fondos 'artículo 8' domiciliados en la UE (2.730 de un total de 29.701 fondos) utiliza alguna palabra de este tipo y, por tanto, "se ven potencialmente afectados por la propuesta". A ellos se suman otros 534 productos europeos que, a pesar de no haberse clasificado como sostenibles, han decidido colocar en sus nombres este tipo de palabras. Los 'artículos 9' no estarían amenazados ya que, a priori, cumplen con los umbrales que propone la Esma. Lea también: Sube la presión de los reguladores para evitar el greenwashing.

Esta Autoridad pretende que, si un fondo incorpora estos términos, reúna "unos criterios mínimos". Propone que los fondos que usen la expresión 'ESG' tengan al menos un 80% de activos que "promocionen características ESG", es decir, que favorezcan estas cuestiones. Los fondos en cuya denominación incluyan la palabra Sostenible o Sostenibilidad, más puros y asimilables a los verde oscuro, deberían tener al menos el 50% de ese 80% destinado a "inversiones sostenibles". 

"De estas directrices surgen cuestiones de cumplimiento muy relevantes" para los fondos 'artículo 8', advierte Marta Olavarría, responsable finanzas sostenibles en Auren, "que deberían cumplir con los umbrales mínimos de promoción o inversión que propone Esma". Le puede interesar: 41 fondos pasan de 'verde oscuro' a 'verde claro'.

El problema de base es que la definición que ofrece el propio Reglamento de Divulgación es imprecisa. "Las Autoridades supervisoras europeas han insistido a la Comisión en que tiene que definir qué es un fondo artículo 8", explica Olavarría. Encuentre en el comparador de fondos su fondo de inversión sostenible.

Por su parte, tanto Efama (la Asociación Europea de Fondos de Inversión y Gestión de Activos) como Eurosif (Foro Europeo de Inversión Sostenible) se han pronunciado, en el marco de la consulta pública abierta por Esma. Ambas coinciden en que es necesario distinguir entre la tergiversación deliberada de las características de un producto para engañar al cliente y el error involuntario, aquel que se produce sin que exista una intención real de engañar.  

Se espera que las directrices de Esma se publiquen en el tercer trimestre de 2023, que se cumplan en el cuarto trimestre para los nuevos fondos y que estén vigentes antes del tercer trimestre de 2024 para los productos ya existentes.

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