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Santander y Bankinter son las entidades más afectadas por el cambio de normativa de las sicavs

  • Tienen el mayor número de sociedades con un volumen patrimonial reducido
  • Los expertos sitúan el umbral mínimo en los cinco millones de euros
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Santander y Bankinter van a ser las entidades financieras que pueden verse más afectadas por el cambio de normativa en las sociedades de inversión de capital variable. Las dos cuentan con el mayor número de sicavs con un patrimonio inferior a los cinco millones de euros, un volumen que los asesores financieros consideran como mínimo para que a un inversor le resulte rentable mantener la estructura de este tipo de sociedades.

En el caso de Santander, de las 427 sicavs que gestiona, 189 están por debajo de ese umbral patrimonial, mientras que en el caso de Bankinter, de las 320 sociedades de este tipo que están bajo su control, 160 tienen menos de cinco millones de euros. BBVA, con 121 sociedades de tamaño pequeño, y Caixabank, con 66, son las siguientes entidades más afectadas, seguidas de Banco Urquijo, la pata de banca privada del Sabadell, y UBS, que tienen 65 y 58 sociedades, respectivamente.

La ley de lucha contra el fraude fiscal, aprobada este martes en el Congreso de los Diputados, recoge finalmente las enmiendas del PSOE sobre las sicavs, que obligará a que los accionistas tengan una inversión mínima de 2.500 euros (o de 12.500 euros en el caso de las sicavs por compartimento) y que el número mínimo de inversores siga siendo cien, una anomalía respecto al resto de Europa.

Esta peculiaridad de la normativa española ha llevado a que los dueños de las sicavs se hayan visto obligados históricamente a rellenar sus sociedades con mariachis, como se conoce en el mundo financiero a ese conjunto de inversores que mantenían una participación simbólica, sobre todo en el caso de las sicavs más pequeñas, que cumplían así los preceptos legales pero por la mínima tanto en accionistas como en volumen patrimonial.

Y son este conjunto de sicavs las que pueden verse más lastradas con el cambio de normativa que ha introducido la ley de lucha contra el fraude fiscal, porque tendrían más difícil mantener su condición de sociedad de inversión de capital variable cumpliendo los nuevos requisitos.

Las entidades financieras están barajando un amplio abanico de posibilidades para los dueños de las sicavs, sobre todo para aquellas que cuentan con un volumen importante de activos bajo gestión, como el cruce de participaciones entre los accionistas principales de estas sociedades para cubrir el mínimo de inversión. Pero en las de volumen muy reducido, aquellas por debajo de los cinco millones, podría resultar un procedimiento engorroso.

Los expertos señalan que una gran mayoría de ellas se verán abocadas a la disolución o su transformación en una sociedad mercantil, pasando a tributar al 21% en el impuesto de Sociedades. En la ley de lucha contra el fraude fiscal, que debe pasar ahora el trámite en el Senado, se recoge un régimen de transitoriedad para aquellos accionistas de sicavs que prefieran utilizar la disolución, por la cual sus plusvalías no tendrán peaje fiscal siempre que las reinviertan en una institución de inversión colectiva (IIC).

Pero todavía quedan lagunas, que deberá resolver la Dirección General de Tributos, sobre el tiempo de permanencia en esa IIC antes de poder reinvertir en otros fondos que el inversor considere más adecuados y si podrán ser fondos internacionales.

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