
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recurso de inconstitucionalidad del Gobierno contra el Decreto-ley de la Generalitat de Cataluña que permite limitar los precios del alquiler y que admite la suspensión extraordinaria del desahucio o lanzamiento ante el juzgado por encontrarse el afectado en una situación de vulnerabilidad económica que le imposibilite encontrar una alternativa habitacional.
El Tribunal ha acordado dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado así como al Parlamento de Cataluña y al Gobierno de la Generalitat para que se ersonen en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
Esos apartados recogían que la persona arrendataria podía instar un incidente de Asismismo, indicaba que si no estuviese señalada fecha para el lanzamiento por no haberse celebrado la vista, se suspenderá el plazo de diez días o la celebración de la vista.
Según el Gobierno, ambas normas pueden vulnerar las competencias del Estado en materia de legislación procesal. En el caso del alquiler, el Ejecutivo no solicitó la suspensión cautelar al estar a la espera de tramitar la Ley estatal de Vivienda.