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Puigdemont ve un nuevo recurso rechazado contra la euroorden

  • Los magistrados desestiman el amparo contra las medidas cautelares adoptadas
  • Los magistrados consideran que se ha respetado el derecho a la tutela judicial efectiva
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El Tribunal Constitucional (TC), a través de un auto, de 5 de octubre de 2021, ha desestimado el recurso de súplica y la solicitud de medidas cautelares planteados por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y los exconsejeros Antoni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig.

Este recurso perseguía obtener el aval del Tribunal de Garantías frente a las resoluciones de 14 de octubre y 4 de noviembre de 2019, en las que se acordaba emitir, en la causa penal, ordenes nacionales, europeas e internacionales de detención contra los recurrentes en amparo, así como los autos sucesivos que confirman esas decisiones iniciales.

Aunque el Auto aún no se ha redactado, el Tribunal Constitucional ha informado en una nota que "la desestimación del recurso de súplica, confirma la decisión del Tribunal, adoptada el 16 de marzo de 2021, de no suspender preventivamente las órdenes de detención inaudita parte", medida que supone la adopción de medidas cautelares sin consultar, antes de su adopción a los afectados.

El auto estima que la decisión es respetuosa con el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente y que no vulnera su derecho a la tutela cautelar porque el TC abrió, al tiempo, una pieza separada de medidas cautelares con procedimiento contradictorio.

Además, han concluido que la decisión de no suspender la vigencia de las órdenes de detención impugnadas en amparo se basa en una consolidada doctrina constitucional, que niega la suspensión cautelar en el procedimiento de amparo de las medidas provisionales privativas de libertad o que puedan tener un impacto en el derecho a la libertad personal.

El Tribunal sostiene que suspender en la pieza de cautelares del recurso de amparo una medida cautelar, adoptada por un órgano de la jurisdicción ordinaria y que conforma el objeto principal de ese recurso de amparo, supone una resolución anticipada del fondo del recurso.

El Pleno del Tribunal Constitucional rechazó, también por unanimidad, en el mes de marzo pasado, la suspensión de la orden de detención nacional contra Puigdemont y Comín, que mantiene vigente el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, tras la pérdida de su inmunidad parlamentaria por parte de los recurrentes.

El TC consideró que si levantara las órdenes de busca y detención acordadas, estaría negando, de hecho, su necesidad y legitimidad, así como la concurrencia de los presupuestos jurídicos que han llevado a la jurisdicción ordinaria a su adopción y mantenimiento.

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