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Los registradores colaborarán con los 'Montes de Socios' para que se puedan gestionar y tributen

  • Los 'montes de socios' tienen miles de propietarios desconocidos lo que les impide lograr cuotas legales que exige el Código Civil para aprobar decisiones
Borja Adsuara, Rafael Sanz Company, Beatriz Martin, Pedro Agustín Medrano y Sara Rubio Martin, en la mesa sobre Montes de Socios del VI Congreso. EE
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En muchas zonas de España son habituales los montes cuyo titular es un colectivo de propietarios en proindiviso. Se estima que hay más de 1,5 millones de hectáreas de los llamados 'montes de socios', con un número de condueños desconocido en la actualidad, que se estima que posiblemente supere el millón de personas.

La mayoría de estos montes han mantenido una gestión deficiente, con un casi total abandono, ya que hasta 2003, con la reforma de la Ley de Montes, su gestión resultaba imposible.

Los registradores se han comprometido en el transcurso de su VI Congreso, colaborar con las juntas gestoras de los 'montes de socios' para lograr una ley especial para que puedan localizar a los condueños de estas propiedades en un espacio de tiempo determinado y a elaborar una normativa fiscal y que las cuotas desconocidas reviertan, no en el Estado, sino en los miembros de la propia sociedad, con una normativa tributaria adecuada.

Tan solo en Soria hay, al menos,150.000 hectáreas, una extensión que supera a la de la provincia de Guipúzcoa

Esta legislación, posteriormente les debería permitir la creación de una sociedad de responsabilidad limitada (SL), en lugar de generar nuevas figuras societarias. La ventaja es que los estatutos la SL pueden incluir, incluso tradiciones locales.

El anuncio lo ha hecho Alfonso Candau, decano Autonómico de Castilla y León, tras escuchar los argumentos de Pedro Agustín Medrano, director del Proyecto Montes de Socios, sobre las enormes dificultades de encontrar datos sobre los actuales dueños, descendientes de los aquellos que realizaron la compra del monte a finales del siglo XIX y las de Luis Fernández, registrador mercantil en Barcelona y dueño de una cuota de monte de socios en la provincia de Ávila, sobre la necesidad de constituir estas organizaciones en sociedades de responsabilidad limitada.

El inicio será la creación de una comisión que se ponga al día de los problemas que plantean este tipo de organizaciones y que busque soluciones efectivas que aportar a una futura normativa

Tan solo en Soria hay, al menos, 150.000 hectáreas, una extensión que supera a la de la provincia de Guipúzcoa, con 1.893 casos de figuras colectivas de propiedad. En Ávila, según datos de la Diputación hay 50.000 hectáreas en manos de los montes de socios

La normativa hipotecaria exige que todos y cada uno de los titulares sean identificados lo que dificulta la financiación 

El problema es que la reforma de la Ley de Montes hizo posible la constitución de juntas gestoras, de las que ya hay en torno a 70. Sin embargo, estos órganos de gobierno no tienen personalidad jurídica, por lo que ni tan siquiera son sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades y, por tanto, deberían verse abocadas a un régimen de imputación de rentas a los comuneros, que resulta imposible de llevar a cabo por la existencia de cuotas desconocidas. Esto genera una situación de bloqueo que les impide dar cumplimiento a sus obligaciones tributarias y limita la capacidad recaudatoria de Hacienda.

Gestión imposible

Estas sociedades deben gestionarse de acuerdo con el Código Civil, pero se trata de una labor casi imposible, porque no se puede alcanzar el 50% de las cuotas que se exigen para aprobar decisiones ni el 100% para las transformaciones sustanciales, ante la imposibilidad de adoptar acuerdos válidos por falta de identificación de los propietarios (que están por debajo de un 2% de cuota en general), por la existencia de cuotas desconocidas y por la dispersión y falta de quórum, según ha explicado Pedro Agustín Medrano, director del Proyecto Montes de Socios.

Estas sociedades no deben ser confundidas con otras figuras jurídicas como los montes en mano común, montes vecinales o con montes públicos

Por su parte, Teruel Existe ha presentado en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley aprobada por unanimidad de todos los grupos en la que solicita que el Gobierno estudie si es necesario un modelo fiscal específico, o adaptar el vigente, para fomentar la gestión.

Economía de subsistencia

Los montes de socios en su origen no eran una comunidad romana normal del Código Civil, sino una comunidad funcional, que por sus propias circunstancias se rige por normas especiales y tiene vocación de permanencia. Estas sociedades no deben ser confundidas con otras figuras jurídicas como los montes en mano común, montes vecinales o con montes públicos. Su ubicación corresponde a las zonas con mayores tasas de despoblación de nuestro país, por lo que su reactivación podría contribuir a la generación de la actividad económica y a contribuir al proceso repoblador.

En muchas ocasiones, los compradores fueron los vecinos de los pueblos donde se levantaban esos montes

El origen de estas organizaciones se remonta a las desamortizaciones llevadas a cabo en el siglo XIX, las impulsadas Mendizábal y Madoz, que pusieron en venta una buena parte de los patrimonios eclesiásticos y civiles. En estos procedimientos, grandes superficies de terreno, entre ellas los montes, que hasta entonces pertenecían al clero, al Estado, a los municipios e, incluso, a la beneficencia (las llamadas "manos muertas" fueron subastadas. El saneamiento de la Hacienda pública ingresó más de 14 000 millones de reales procedentes de las subastas.

El problema actual surge de que el monte no es del pueblo, sino que es una propiedad particular

En muchas ocasiones, los compradores fueron los vecinos de los pueblos donde se levantaban esos montes, puesto que la base de su subsistencia dependía de ellos, y ante el temor de que los montes cayeran en manos extrañas, se vieron obligados a organizarse y pujar de manera conjunta.

Beatriz Martin Larred, senadora de Teruel Existe, ha explicado la problemática de estas sociedades en el VI Congreso de Registradores. El problema es que el monte no es del pueblo, sino que es una propiedad particular. 

En muchos casos, en el registro figuran los nombres de los fiduciarios, cuando la verdadera propiedad era de todos los integrantes de los grupos vecinales

"El asunto es que cuatro personas del pueblo fueron a la subasta y compraron el monte, después lo repartieron según lo que aportó cada vecino y esto es lo registrado, que son esas 80 personas que constan en la actualidad, entre las cuales está mi tatarabuelo", ha explicado.

En muchos casos, en el registro figuran los nombres de los fiduciarios, cuando la verdadera propiedad era de todos los integrantes de los grupos vecinales, figurando la titularidad verdadera en libros de actas de dichos grupos, pero sin documentación fehaciente ninguna.

Las sociedades de montes han empezado a realizar los listados genealógicos para conseguir llegar a los descendientes

Y ha concluido afirmando que "en unos pueblos han constituido una sociedad limitada, en otros lo han dejado para no discutir, y en la mayoría de los casos la gente se ha ido del pueblo y la titularidad no se ha transferido de padres a hijos.

Una sábana genealógica

En los Registros de la Propiedad recomiendan que hagan una reanudación del tracto sucesivo, pero por las pequeñas participaciones que corresponden a cada heredero, la mayoría considera que no le merece la pena afrontar los gastos y molestias que supone. Todo ello, a pesar de que sus familias metieron sus ahorros para salvar el monte de su pueblo.

Las sociedades de montes han empezado a realizar los listados genealógicos para conseguir llegar a los descendientes de todos los titulares, pero es una labor ímproba.

Un buen ejemplo de ello, lo ha planteado en su intervención en el Congreso de los Registradores Pedro Agustín Medrano, director gerente de la Asociación Forestal de Soria, quien ha mostrado una enorme sábana en la que se han ido incorporando lo nombres del árbol genealógico de cada uno de los propietarios de uno de los montes de socios de Soria.

Se trata de una genealogía de propietarios que se hace de oídas, porque no está documentada. Esa sábana reúne tan solo al 16% de las cuotas con nietos, biznietos y tataranietos de los titulares.

No solo en las grandes ciudades españolas, sino también en las de países de los cinco continentes han ido apareciendo descendientes de los propietarios de los montes de socios ubicados en Soria, Teruel o Asturias. Durante decenas de años, varias generaciones desconocieron que sus abuelos, bisabuelos y tatarabuelos eran propietarios de los montes de sus pueblos.

Un mundo rural vivo

Medrano explica que este sistema funcionó en la práctica mientras el mundo rural estuvo poblado y vivo, puesto que todos se conocían en los pueblos, sin necesidad de documentación formal para el reconocimiento de derechos, pero el éxodo hacia las ciudades durante la segunda mitad del siglo XX (1855 a 1924), y la falta de importancia económica del monte, unida a la carencia de la documentación y a la dispersión de la propiedad por el paso de las generaciones, hicieron que los montes cayeran en el olvido.

Al término de las investigaciones, se dispone que las cuotas sin titular pasen a titularidad del Ministerio de Agricultura

Sin embargo, esta situación ha cambiado en los últimos años. Se ha recuperado la conciencia del valor del monte en su conjunto, desde un punto de vista económico por las potencialidades de sus aprovechamientos (biomasa, madera, setas, caza, energía eólica), desde un punto de vista ecológico por la importancia de la conservación del medio natural, y desde un punto de vista social por la trascendencia de volver a ligar a la gente con sus raíces, en el esfuerzo colectivo de conservar un patrimonio común formado por sus antepasados.

Una nueva desamortización

Con la publicación en 2003 de la ley de Montes, y en particular gracias a su disposición adicional décima, se flexibilizan las posibilidades de gestión de estas superficies, ya que habilita la constitución de juntas gestoras a partir de diez socios para administrar los intereses de los copropietarios.

Para resolver el problema de la gestión, se propuso por las asociaciones el sistema de juntas gestoras, sin personalidad jurídica, con facultades sólo de gestión, y que instaran los procedimientos de actualización de titulación de todo el monte, resultando una titulación económica y colectiva.

El notario calificaba al artículo 27 bis de "nueva desamortización" y consideraba que el Gobierno había dado "gato por liebre" a los propietarios.

Sin embargo, al término de las investigaciones, se dispone que las cuotas sin titular pasen a titularidad del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, una vez identificados todos los comuneros posibles.A partir de ese momento, se prevé la disolución de la Junta Gestora y el paso del monte de socios a regirse por las normas generales de la comunidad de bienes regulada en el Código Civil.

En la actualidad, las disposicion es del Código Civil son supletorias, siendo aplicables, en primer lugar, las disposiciones especiales de la Ley de Montes.

A este respecto, José Manuel Benéitez Bernabé, notario de Soria, en un artículo publicado en la revista El Notario, a raíz de la entrada en vigor en 2015, calificaba al artículo 27 bis de "nueva desamortización" y consideraba que el Gobierno había dado "gato por liebre" a los propietarios.

Rafael Sanz Company, secretario general de la Asociación Hipotecaria Española, ha explicado en su intervención en el Congreso de Registradores, que cuando se produce la reforma legislativa de 2015 no se arregla el problema sino todo lo contrario.

Y ha señalado que "con el artículo 27 bis, puesto que se centra en las cuotas vacantes, lo que se demuestra que hay un problema con el proindiviso y la ley no se preocupa de introducir un procedimiento, que es lo que tenía que haber hecho, sino que lo que se aprueba es una amortización de la desamortización, que se introduce mediante la obligación de que las gestoras denuncien las cuotas de dueños desconocidos, cosa que deberían hacer los funcionarios, según la Ley de Patrimonio. En definitiva, lo que hace el Estado es volver a apropiarse de las cuotas de esos montes que vendió en su momento".

La legislación hipotecaria, por seguridad jurídica exige que todos los prestatarios estén identificados, lo que hace imposible la obtención de la garantía real

El adquirente de estas cuotas tendrá un título y una inscripción, y podrá ejercitar la acción de división de la cosa común, lo que le situará en mejor posición jurídica que los dueños de siempre del monte, que carecen de aquellas.

"Consecuentemente, se ha forzado una vía de privatización de lo que eran montes colectivos de vecinos, una nueva Desamortización, esta vez no de terratenientes ni de manos muertas, sino de herederos de los legítimos propietarios rurales; sin que éstos últimos puedan ni ejercitar el retracto, por carecer de título que les permita legitimación activa". explicaba Benéitez Bernabé.

Sin posibilidad de financiación

Por su parte, Sanz Company explica que la normativa hipotecaria lo que busca es seguridad en el reconocimiento del prestatario, lo que exige que todos y cada uno de los titulares sean identificados, si bien es verdad que la DGRN matizó esta regla en resolución de mayo de 2016, aplicando la no comparecencia a quienes han sido convocados.

Y ha explicado que "lo que está claro es que la legislación hipotecaria, por seguridad jurídica exige que todos los prestatarios estén identificados, lo que hace imposible la obtención de la garantía real".

"Tal y como está la legislación es inviable la financiación de las sociedades de montes. Se tendría que establecer una figura societaria concreta, como podría ser una sociedad limitada, lo que facilitaría la financiación porque las posibilidades de explotación económica de estos son montes son muy amplias. Y es necesaria una legislación que arregle el problema de la titularidad, si no hay solución", ha añadido.

Una vía para poder tributar

La Asociación Forestal de Soria, en coordinación con diferentes expertos, organismos e instituciones públicas y privadas de diferentes CCAA (Castilla y León, Castilla la Mancha, Asturias), ha confeccionado una serie de propuestas de mejora de dicho marco, en la intención de que pudiesen ser recogidas en la Ley de Acompañamientos de Presupuestos. Las propuestas suponen un mejor desarrollo del artículo 27.bis de la Ley de Montes.

En la proposición de ley se aboga por desarrollar en el menor tiempo posible una ley o las correspondientes modificaciones legislativas

En los Presupuestos Generales del Estado para 2021, Teruel Existe ha planteado dos modificaciones; una por el Impuesto sobre Sociedades para que puedan declarar. En el senado no se admitieron enmiendas y esta quedó sin discutir. Por ello, en el Congreso se presentó una proposición no de ley aprobada por unanimidad de todos los grupos.

En ella se aboga por desarrollar en el menor tiempo posible una ley o las correspondientes modificaciones legislativas que aborden de manera integral la especificidad de los montes de socios, respetando su naturaleza jurídica, consolidando la figura de la Junta Gestora como su órgano de gestión.

Específicamente se pide el desarrollo de nuevos medios de actualización de los titulares de los montes de socios concordes con la normativa vigente.

También, se solicita que el Gobierno estudie si es necesario un modelo fiscal específico, o adaptar el vigente, para fomentar la gestión de los montes de socios, por la importante repercusión ambiental y socioeconómica que conllevará en los territorios donde tiene presencia.

La situación vigente es que ni los montes de socios ni sus juntas gestoras tienen manera de tributar ya que los montes de socios son comunidades de bienes donde hay un alto porcentaje cuotas desconocidas, lo que imposibilita cualquier tipo de tributación individual.

Esta situación de bloqueo también tuvo lugar en su momento con los montes vecinales en mano común (muy parecidos a los montes de socios, aunque fundamentalmente radicados en Galicia), solventándose al reconocérseles desde la Ley reguladora del Impuesto de Sociedades la obligación de tributar a través de este impuesto.

Es por ello que la solución que plantea Teruel Existe es la de extender la capacidad de tributación en dicho impuesto no sólo a los montes vecinales en mano común, sino también a los montes de socios.

Finalmente, es importante señalar que la Comunidad de Castilla y León aprobó la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes El apartado cuarto del artículo permite que las juntas gestoras destinen esos beneficios, correspondientes a las partes de propiedad no esclarecidas, a obras o servicios de interés general en las localidades donde se ubican los montes. Ninguna otra comunidad se apartado de la línea marcada por la legislación estatal.

Discusión sobre el modelo

El registrador Mercantil de Barcelona, Luis Fernández, titular de una cuota adquirida por sus antecesores en 1880, señaló que las juntas gestoras tienen todos los antecedentes en sus libros, ya que vienen pagando, por ejemplo, los beneficios de la leña, las talas o la resina, por lo que la reconstrucción de los herederos se puede hacer y después constituir una sociedad limitada con acciones y abandonar las estructuras medievales que se tratan de mantener.

A este respecto Pedro Alberto le respondió que el problema es que en muchas zonas de alta migración como Extremadura, Asturias o Soria es muy difícil localizar a los descendientes para constituir una SL, lo que es una buena solución cuando, además, hay unos recursos importantes.

Hay algunas gestoras que se convirtieron en SL, pero se han vuelto atrás porque no podían hacer frente a los pagos a Hacienda ni a la Seguridad Social del administrador.

La senadora de Teruel Existe, Beatriz Martin Larred, agradeció a la decana del Colegio de Registradores de España, María Emilia Adán, por el interés que esta institución ha tomado

El decano de Castilla y León, Alfonso Candau, ha mostrado su acuerdo en las enormes dificultades de reconstruir el listado de las cuotas para lo que sería bueno instaurar una legislación especial que permita localizar a los titulares, con una fecha de finalización determinada, y que las cuotas desconocidas reviertan, no en el Estado, sino en los miembros de la propia sociedad, con una normativa tributaria adecuada. Y, posteriormente se debe crear una SL en lugar de generar nuevas figuras societarias.

Los interesante de este cambio legislativo, según explicó el decano, es que, a pasar del cambio de estructura societaria, es posible incluir en los estatutos de la SL tradiciones locales, que permitan mantener las esencias de cada una de estas instituciones. Por ello, anunció la determinación de constituir un grupo de trabajo en el seno del Colegio de registradores para tomar conocimiento de la situación y aportar soluciones.

A este respecto, la senadora de Teruel Existe, Beatriz Martin Larred, agradeció a la decana del Colegio de Registradores de España, María Emilia Adán, por el interés que esta institución ha tomado sobre este asunto que hasta ahora ha tenido una difícil solución, a pesar del enorme interés que está tomando la gestión de los montes desde un punto de vista económico, medioambiental y social y, además, sobre la prevención de los incendios que afectan a estas tres realidades y a sus objetivos de sostenibilidad y desarrollo.

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