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El Gobierno amplía hasta agosto las moratorias de alquileres y desahucios

  • Se extienden los plazos extras para cooperativas y sociedades laborales
Una vivienda en alquiler. Dreamstime.
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El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación durante tres meses más, hasta el 9 de agosto, de la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el alquiler sea un gran tenedor o entidad pública. Esta medida solo puede ser solicitada una vez durante todo el periodo en el que ha estado vigente esta medida.

También se han prorrogado hasta el 9 de agosto de 2021, los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí.

Desahucio de vivienda

La ampliación hasta el 9 de agosto de 2021 sobre las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el Juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas para dar responder a la situación.

Suspensión extraordinaria

Finalmente, se extiende el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria prevista en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Aprobada la creación del grupo interministerial  para impulsar el sector audiovisual

Este o plazo era de un mes desde la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por lo que, con la ampliación de tres meses prevista para estas medidas, el nuevo plazo hasta el que se podrá presentar dicha solicitud queda fijado en el 9 de septiembre de 2021.

Fondo de las cooperativas

El Consejo de Ministros también probó ayer un real decreto ley de prórroga de ciertas medidas cuya vigencia finalizaría con el estado de alarma, el próximo día 9 de mayo.

Así, se prorroga hasta el 31 de diciembre próximo la medida extraordinaria para flexibilizar de forma temporal el uso del Fondo de Educación y Promoción de las cooperativas con la finalidad de paliar los efectos del Covid-19.

De manera excepcional, este Fondo puede destinarse a cualquier actividad que redunde en ayudar a frenar la crisis sanitaria o a paliar sus efectos, bien mediante acciones propias o bien mediante donaciones a entidades, públicas o privadas.

El fondo debe ser repuesto, hasta el importe que tenía en el momento de adopción de la decisión de su aplicación excepcional, en un plazo máximo de 10 años.

Sociedades laborales

La otra medida afecta a las sociedades laborales y participada, de las que se prorroga por 24 meses más el plazo de 36, a fin de evitar las consecuencias de la descalificación de aquellas sociedades laborales que, con motivo de la crisis económica derivada de la pandemia no les haya sido posible adaptarse a los límites establecidos legalmente en ese plazo máximo de adaptación.

La Ley regula como excepción, que "la sociedad laboral se constituya inicialmente por dos socios trabajadores con contrato por tiempo indefinido, en la que tanto el capital social como los derechos de voto estarán distribuidos al 50%, con la obligación de que en el plazo máximo de 36 meses se ajusten al límite establecido".

Finalmente, se ha aprobado la creación de un Grupo de Trabajo interministerial para coordinar las acciones de impulso, colaboración, cooperación y evaluación del Plan de impulso al sector audiovisual.

Costas propuesto al Congreso para presidir el CES

El Consejo de Ministros propondrá al  Congreso de los Diputados el nombramiento del catedrático de política  económica en la Universidad de Barcelona, Antón  Costas, como presidente del Consejo Económico y Social (CES),  Entre 2013 y 2016 presidió el Círculo de  Economía y ha sido miembro de la Comisión de Expertos de la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid y  del Ministerio de Trabajo. También, se ha nombrado a María Soledad Serrano Ponz como secretaria general del CES.

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