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Manuel Lamela, presidente de Acountax: "La empresa de más de 50 empleados debe contar con un plan de igualdad"

  • También están obligadas a poner en marcha un plan de igualdad las empresas cuyo convenio colectivo de aplicación
Manuel Lamela, presidente de Acountax. EE

Desde el pasado 7 de marzo de 2021 las empresas de más de 100 empleados están obligadas a contar con planes de igualdad de acuerdo con el Real Decreto Ley 6/2019, que establece multas de entre 626 y 6.250 euros para quienes no dispongan de ellos.

Asimismo, de forma paulatina las empresas que cuenten con entre 50 a 100 empleados están también obligadas, de manera que las que lleguen a esos umbrales deberían estar negociando actualmente planes de igualdad, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 901/2020.

También están obligadas a poner en marcha un plan de igualdad las empresas cuyo convenio colectivo de aplicación así lo prevea, al igual que aquellas empresas en las que la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de estas características.

Manuel Lamela, socio director de Acountax, firma especializada en el desarrollo de este tipo de planes, señala que "los planes de igualdad se han constituido como una herramienta clave para las empresas, tendente a eliminar la discriminación por razón de sexo y promover el principio de igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres, siendo obligatorio de implementación para empresas de más de 50 trabajadores".

Una de las novedades a tener en cuenta es la auditoría retributiva. "Las empresas que elaboren un plan de igualdad deberán incluir en el mismo una auditoría tendente a comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con el principio de igualdad.

Para ello, es preciso acometer un trabajo integral de diagnóstico de la situación retributiva, que requiere la valoración de todos los puestos de trabajo. Otros factores importantes a estudiar son las medidas de conciliación y corresponsabilidad en la empresa, o el estudio de las dificultades en la promoción profesional o económica.

Tras dicho diagnóstico será preciso acometer un plan de actuación para corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes, así como el correcto seguimiento·, explica el presidente de Acountax.

Es imprescindible constituir una comisión negociadora, integrada por representantes de la empresa y de la plantilla, de forma paritaria. En las empresas donde no exista representación legal de los trabajadores, ésta deberá estar integrada por los sindicatos más representativos y con legitimación.

Otra novedad destacable es la del registro retributivo. Manuel Lamela explica que en este registro se harán constar todos los valores medios de los salarios de los trabajadores, incluyendo los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, desglosados por sexos y grupos profesionales, categorías o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

"La vigencia máxima del plan es de cuatro años, pero la validez del registro retributivo es tan solo de un año natural", explica el letrado.

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