Ecoley

La inversión en planes de pensiones es la gran baza para ahorrar en el IRPF

  • Es el último ejercicio para aportar 8.000 euros en los individuales en la declaración
  • La imputación de segundas viviendas no tiene rebaja aunque no se utilizasen
  • Los afectados por Erte y cese de actividad por Covid deben aprovechar las novedades
. eE
Madridicon-related

Pocos días van quedando para tomar medidas que rebajen el pago en la declaración del IRPF que realizaremos el año que viene sobre las rentas obtenidas en 2020. Estos son algunas de las cosas que hay que tener en cuenta ahora.

Aportaciones a planes de pensiones

Este año es el último en el que se van a poder incluir en el plan de pensiones individuales hasta 8.000 euros, ya que el año que viene tan solo se podrán incluir como máximo 2.000 euros, lo que hace que sea recomendable plantearse las posibilidades de superar este año esta cifra, si tenemos un remanente de rentas del trabajo, de actividades profesionales y empresariales o por alquileres por las que tengamos que tributar en el presente ejercicio. No nos valen para esta desgravación las rentas provenientes del capital o de transmisiones patrimoniales. Actualmente, en ese tope de 8.000 euros se incluyen también los planes de pensiones percibidos de la empresa.

Para el próximo ejercicio las cosas se complican, porque según consta en la Ley de Presupuestos Generales para 2021, que acaba de aprobar el Congreso, se compensa la bajada con una elevación del límite conjunto para aportar a un plan individual y uno de empresa a los 10.000 euros. Así, el año que viene, quienes disfruten de un plan de empresa, también podrán desgravar otros 8.000 euros.

Si su cónyuge ha obtenido ingresos del trabajo o de actividades económicas que no vayan a superar los 8.000 euros en 2020, también puede reducir en 2020 su base haciendo aportaciones al plan del cónyuge, antes de que termine el año, con el máximo estipulado de 2.500 euros.

Finalmente, si excepcionalmente, ha rescatado los derechos consolidados de planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social por el Covid-19, al encontrarse en Erte o cese de actividad, el reembolso de los derechos consolidados tributa como rendimientos del trabajo imputándose al año en que sean percibidos, lo que deberemos tener en cuenta a la hora de toma decisiones antes de acabar el año.

Venta de acciones y alquileres

El contribuyente con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros debe considerar que si obtiene ganancias patrimoniales por la venta de acciones o rentas por alquileres de inmuebles, superiores a 6.500 euros, perderá la reducción de rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 5.565 euros. Las venta de acciones obligar, a pesar de tener rendimientos de trabajo inferiores a 14.000 euros con más de un pagador o con un solo pagador hasta 22.000 euros.

Empresas de nueva creación

Los llamados Business Angels y, en general, los inversores particulares que inviertan en una empresa de reciente creación tendrán derecho a beneficios fiscales en sus IRPF y a una deducción del 20% sobre el capital invertido.

Actividad empresarial

Todos los gastos vinculados a la actividad económica son deducibles para el profesional y el pequeño y el empresario persona física, tales como sueldos y salarios de empleados, cotizaciones sociales, arrendamientos o servicios profesionales,

Compensación de rentas

 Este es un momento decisivo para compensar las pérdidas generadas por acciones, fondos de inversión u otros productos financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. No obstante, conviene recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta.

Si ha obtenido plusvalías transmitiendo elementos patrimoniales, está a tiempo de rebajar el coste de la factura fiscal transmitiendo otros elementos con independencia del tiempo que hayan permanecido en su patrimonio. Estas pérdidas se restan de las ganancias derivadas de transmisiones.

Por otra parte, si en ejercicios anteriores tuvo un saldo negativo originado por la transmisión de elementos patrimoniales y no han pasado más de cuatro años, puede realizar plusvalías y, así, la tributación de las mismas se verá reducida o anulada por el aprovechamiento de aquellos saldos negativos.

En el caso de haber obtenido rendimientos positivos que van a la parte del ahorro de la declaración, como los procedentes de intereses o dividendos, podrá reducirse con el saldo negativo de la integración de ganancias y pérdidas patrimoniales originadas por transmisiones, hasta un máximo del 25% de aquél. El saldo negativo restante podrá compensar el saldo de los rendimientos del capital mobiliario en 2021 y siguientes. Y si tiene rendimientos del capital mobiliario negativos, puede reducir la tributación del saldo de ganancias y pérdidas patrimoniales generadas por transmisiones, con el límite del 25% del mismo.

Es recomendable tener en cuenta que los primeros 6.000 euros obtenidos mediante compensación se les aplica un tipo impositivo del 19%. A partir de esta cuantía y hasta 50.000 euros, el tipo sube al 21%. Y a partir de esta cantidad, supone un 23%. Así, si durante el año, todas las ganancias a obtener por la venta de bienes (fondos, acciones o inmuebles), sumadas a otros rendimientos de capital mobiliario (intereses o dividendos) superan los 6.000 euros, o los 50.000 euros, puede ser preferible parar esas operaciones y retrasarlas a 2021 para obtener un buen ahorro impositivo.

Afiliaciones políticas y sindicales y colegiación obligatoria

 Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos suponen una deducción del 20%, con un tope de 600 euros. Las cuotas sindicales y de colegios profesionales, obligatorios deducen de los rendimientos del trabajo hasta 500 euros. Los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales.

Reinversión en vivienda

Están excluidas de tributación las ganancias patrimoniales por la transmisión de la vivienda habitual, siempre que el importe total obtenido se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años desde la fecha de la transmisión. Un dato a tener en cuenta es que como consecuencia de la declaración del estado de alarma, se ha paralizado este cómputo, desde el 14 de marzo hasta el 30 de mayo de 2020.

Adquisición de vivienda habitual

 Ahora, tan solo las personas que adquirieron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 siguen disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. La deducción es de hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Si e se ha suscrito una hipoteca para adquirir una vivienda y antes de fin de año se realiza una amortización anticipada de capital, esta se puede desgravar en la declaración.

Rehabilitación

Cuando rehabilite para mejorar de la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente, seguridad, estanqueidad y accesibilidad del edificio es posible deducirá el 10% del coste de la obra.

Imputación por segundas viviendas

Muchos contribuyentes preguntas en los despachos de asesores fiscales y en las gestorías administrativas si la falta de uso de la vivienda vacacional, que no se ha podido usar a causa de la prohibición de moverse por el confinamiento o de los cierres perimetrales, la tributación por la imputación habitual se mantiene sin cambios. Y si tiene que realizar gastos en un inmueble alquilado, anticípelos en este ejercicio para disminuir el rendimiento neto.

Alquiler de vivienda habitual

Los arrendadores de un inmueble que constituye la vivienda habitual del inquilino, pueden aplicar una reducción del rendimiento neto del 60%, sin que tenga importancia la edad del inquilino.

Rebajas en el alquiler como consecuencia del Covid-19

Quienes han acordado a lo largo del año una reducción del importe del alquiler, ante los efectos de la pandemia el importe de los ingresos queda determinado por lo acordado entre las partes, los gastos necesarios para el alquiler en los que se haya incurrido a lo largo del periodo que afecta al que afecte la modificación son deducibles y no procede imputar renta inmobiliaria.

En el caso de que lo que hayan pactado arrendador y arrendatario, en lugar de una rebaja haya sido el diferimiento de los pagos por el alquiler, no se incluirá renta alguna en el capital inmobiliario por los meses en los que se ha pospuesto dicho pago. Se podrán deducir los gastos del año, sin que proceda la imputación de rentas inmobiliarias.

Donaciones a ONG y entidades de utilidad pública

 Los contribuyentes que este año han realizado aportaciones a ONG deben tener a mano los justificantes de los importes donados para presentar en la declaración de 2017.

Trabajadores en Erte y autónomos en cese de actividad

 Quienes han sufrido con crudeza los efectos laborales y económicos del Covid, los pagos del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe), puede que no hayan sido objeto de retención, o esta haya sido mínima. Si a lo largo del año han obtenido ingresos del trabajo superiores a 14.000 euros, tendrán que declararlos. Antes de finalizar el año, pueden solicitar a su empresa que les retenga una mayor cuantía, para limitar el coste en la declaración. También puede solicitarse al Sepe que aumente la retención, si se continúa en el Erte hasta final de año. En caso de un autónomo que haya recibido una prestación por cese de actividad, tenga en cuenta que dicha prestación no se considera un ingreso de la actividad, sino un rendimiento del trabajo.

Deducción por maternidad en situación de Erte

Las madres con derecho a la deducción por maternidad y en un Erte por el que se suspende el contrato de trabajo, adquiriendo la condición de desempleada, han perdido el derecho a la deducción durante los meses del Erte. Si el expediente es de reducción de jornada no se pierde el derecho, pues la madre continúa realizando su actividad por cuenta ajena. El mismo caso se da con la deducción por familia numerosa.

Trabajadores despedidos

 Si le han despedido, la indemnización obligatoria percibida no tributa hasta los 180.000 euros. Un desempleado inscrito en una oficina de empleo que acepte un puesto de trabajo que exigía este año, el cambio de residencia, puede deducir otros 2.000 euros.

Contribuyentes mayores de 65 años de edad

 Un ejercicio más, los contribuyentes que son mayores de 65 años, personas dependientes severos o de grandes dependientes  mantienen en la declaración de la Renta la exención por las ganancias obtenidas en la venta de la vivienda habitual por los contribuyentes mayores de 65 años Igualmente, las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años por la venta de cualquier bien están exentas de tributación, siempre y cuando el importe total, hasta un límite máximo de 240.000 euros, se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses.

WhatsAppWhatsAppTwitterTwitterLinkedinlinkedinBeloudBeloud
FacebookTwitterlinkedin