
Es precisa una mayor certidumbre sobre la anunciada modificación del régimen de exención de dividendos y plusvalías generadas en la transmisión de participaciones del Impuesto sobre Sociedades, para evitar un frenazo en las reorganizaciones societarias.
Así, lo explican Carlos Rodríguez y Miguel Baz, socios de la firma de abogados DLA Piper, al abordar las expectativas que ha generado la inclusión de estos cambios regulatorios en el acuerdo de Gobierno ratificado por PSOE-Podemos y en el proyecto fallido de Ley de Presupuestos Generales para 2019.
"Muchas empresas consideran arriesgado realizar estas operaciones sin saber como resultará la norma. Es muy problemático, porque ésta puede tener efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año. Las empresas van a esperar a que salga la ley para realizar sus operaciones", explica Miguel Baz.
Preguntados por si la solución para no retrasar estas actuaciones de reorganización de las sociedades hasta que entre en vigor la reforma del Impuesto sobre Sociedades podría ser el cierre del ejercicio tributario, Carlos Rodríguez avisa sobre el peligro de que la Administración tributaria pueda considerar que se ha producido una actuación fiscal potencialmente agresiva con el objeto de reducir el pago de impuestos.
La exención anunciada será del 95%, frente al 100% en la actualidad, del dividendo o plusvalía. Por tanto, el tipo efectivo sobre dichas rentas será el 1,25%, generando doble imposición. Esta modificación afectará también a la deducción por doble imposición, al régimen de consolidación fiscal y al régimen fiscal especial en operaciones de reorganización, "que dejará de ser totalmente neutral", asegura Baz.
Otra novedad problemática, pendiente de entrar en la reforma del Impuesto sobre Sociedades es el gravamen especial del 15% sobre los dividendos no distribuidos que se impondrá a las Socimis, que tienen en la actualidad de repartir, al menos, el 80% de los beneficios.
Los socios de DLA Piper consideran que generará problemas en el repago de la deuda si se quiere evitar dicha tributación. "Además, desincentiva la inversión a través de estos vehículos al convertirse en un régimen menos atractivo que el existente en otros países de nuestro entorno", concluye Miguel Baz.
Compatibilidad internacional
Sobre el Impuesto sobre determinados servicios digitales, conocido popularmente como Google Tax, considera Carlos Rodríguez que se trata de un tributo de difícil implementación por la complejidad que supone recabar la información necesaria para su aplicación y plantea dudas en cuanto a su compatibilidad con los Tratados de Doble Imposición firmados por España.
Francia ha propuesto la implementación de un impuesto similar el pasado mes de julio, lo que ha generado una guerra comercial con la Administración Trump.
El gobierno español ha hecho declaraciones contradictorias sobre este tema. Parece que se esperará a que exista un consenso internacional sobre esta tributación en el ámbito de la OCDE.